B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221213-3)
Concurso de méritos – Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca Concurso de Méritos para la renovación y la selección de directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 296
ANEXO COMPLEMENTARIO
CÓMO ACREDITAR LA FUNCIÓN DIRECTIVA
Certificación acreditativa de haber
superado un Curso de Formación
sobre del Desarrollo de la Función
Directiva
Habilitaciones / acreditaciones de
dirección
de
centros
públicos
expedidas con anterioridad a la
entrada en vigor de la Ley Orgánica
8/2013, de 9 de diciembre, para la
mejora de la calidad educativa
Quienes a la fecha de 30 de
diciembre de 2013 y durante los cinco
años siguientes hayan ocupado un
puesto de director en un centro
docente público
Quienes estén en posesión Máster o
título de postgrado (que no curso de
postgrado), ambos de carácter oficial,
sobre dirección y gestión de centros
docentes.
HORAS
MÓDULOS
(Real Decreto 894/2014, de
17 de octubre)
Mínimo 120
6
Mínimo 60
6
Mínimo 60
6
Módulo VI: proyecto de dirección
Los participantes, para resultar seleccionados, deberán de estar en posesión de la correspondiente
formación para el desarrollo de la función directiva, según proceda:
—
Curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional o por las Administraciones educativas de las Comunidades
Autónomas, con una duración mínima de 120 horas y los seis módulos formativos, siendo el Módulo
VI el proyecto de dirección.
—
Quienes estén en posesión de habilitaciones o acreditaciones de dirección de centros
públicos expedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de
diciembre, para la mejora de la calidad educativa, es decir, antes del 30 de diciembre de 2013 y
para quienes a la fecha de 30 de diciembre de 2013 y durante los cinco años siguientes hayan
ocupado un puesto de director en un centro docente público , deberán realizar y superar un curso
de actualización de competencias directivas, con una duración mínima de 60 horas.
(03/23.685/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221213-3
—
Quienes estén en posesión de un Máster o título de postgrado (que no curso de postgrado),
ambos de carácter oficial, sobre dirección y gestión de centros docentes quedarán exentos de la
realización y evaluación de todos los módulos troncales del curso de formación sobre el desarrollo
de la función directiva, pero deberán realizar y superar el «Módulo VI: proyecto de dirección»
reflejado en los Anexos II y III del Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre.
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 296
ANEXO COMPLEMENTARIO
CÓMO ACREDITAR LA FUNCIÓN DIRECTIVA
Certificación acreditativa de haber
superado un Curso de Formación
sobre del Desarrollo de la Función
Directiva
Habilitaciones / acreditaciones de
dirección
de
centros
públicos
expedidas con anterioridad a la
entrada en vigor de la Ley Orgánica
8/2013, de 9 de diciembre, para la
mejora de la calidad educativa
Quienes a la fecha de 30 de
diciembre de 2013 y durante los cinco
años siguientes hayan ocupado un
puesto de director en un centro
docente público
Quienes estén en posesión Máster o
título de postgrado (que no curso de
postgrado), ambos de carácter oficial,
sobre dirección y gestión de centros
docentes.
HORAS
MÓDULOS
(Real Decreto 894/2014, de
17 de octubre)
Mínimo 120
6
Mínimo 60
6
Mínimo 60
6
Módulo VI: proyecto de dirección
Los participantes, para resultar seleccionados, deberán de estar en posesión de la correspondiente
formación para el desarrollo de la función directiva, según proceda:
—
Curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional o por las Administraciones educativas de las Comunidades
Autónomas, con una duración mínima de 120 horas y los seis módulos formativos, siendo el Módulo
VI el proyecto de dirección.
—
Quienes estén en posesión de habilitaciones o acreditaciones de dirección de centros
públicos expedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de
diciembre, para la mejora de la calidad educativa, es decir, antes del 30 de diciembre de 2013 y
para quienes a la fecha de 30 de diciembre de 2013 y durante los cinco años siguientes hayan
ocupado un puesto de director en un centro docente público , deberán realizar y superar un curso
de actualización de competencias directivas, con una duración mínima de 60 horas.
(03/23.685/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221213-3
—
Quienes estén en posesión de un Máster o título de postgrado (que no curso de postgrado),
ambos de carácter oficial, sobre dirección y gestión de centros docentes quedarán exentos de la
realización y evaluación de todos los módulos troncales del curso de formación sobre el desarrollo
de la función directiva, pero deberán realizar y superar el «Módulo VI: proyecto de dirección»
reflejado en los Anexos II y III del Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre.