B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221213-3)
Concurso de méritos – Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca Concurso de Méritos para la renovación y la selección de directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ORGANIZACIÓN DEL EQUIPO
DIRECTIVO
DISTRIBUCIÓN DE
FUNCIONES Y TAREAS
COORDINACIÓN
FORMAS DE PARTICIPACIÓN
DE LOS ÓRGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE
3.2.
3.3.
3.4.
3.5.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Medidas para favorecer la participación de estos órganos
b. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de las concreciones del currículo.
c. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de todos los aspectos educativos de los proyectos del
centro y de la PGA.
Se valorará que se tienen en cuenta a la hora de plantear objetivos, líneas de actuación y planes de mejora las responsabilidades de:
a. Los miembros del Equipo Directivo.
b. Los órganos de coordinación docente (CCP, Departamentos, equipos docentes…).
c. Miembros del Consejo Escolar.
d. Profesorado con asunción de funciones específicas (apoyo, coordinación, jefaturas de departamento…).
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Líneas de coordinación horizontal y vertical: profesorado, departamentos, equipos docentes, niveles, etc.
b. Coordinación entre Centros de diversas etapas o niveles educativos que estén adscritos a efectos de escolarización.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Previsión de reuniones para tomar decisiones y valorar el desarrollo de la planificación.
b. El establecimiento de criterios para la atención de asuntos prioritarios.
c. Distribución adecuada de responsabilidades entre los miembros del equipo.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Estrategias que permitan la participación efectiva de todos los miembros del Consejo Escolar.
b. Creación de comisiones específicas.
c. Determinación de líneas de comunicación e información fluidas entre los miembros de los distintos órganos.
d. Procedimientos de revisión o modificación de los documentos institucionales.
e. Participación en el análisis de los resultados de las evaluaciones internas y externas.
INDICADORES
B.O.C.M. Núm. 296
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022
BOCM-20221213-3
RELACIONES CON LOS
ÓRGANOS DE
PARTICIPACIÓN
3.1.
APARTADO
La organización que se proponga ha de ser coherente con las necesidades y recursos del centro y debe facilitar la consecución de los objetivos.
3. ADAPTACIÓN A LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CENTRO QUE FIGURA EN EL PROYECTO (2 PUNTOS).
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 95
DIRECTIVO
DISTRIBUCIÓN DE
FUNCIONES Y TAREAS
COORDINACIÓN
FORMAS DE PARTICIPACIÓN
DE LOS ÓRGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE
3.2.
3.3.
3.4.
3.5.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Medidas para favorecer la participación de estos órganos
b. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de las concreciones del currículo.
c. Procedimientos para la participación en la elaboración, aprobación y evaluación de todos los aspectos educativos de los proyectos del
centro y de la PGA.
Se valorará que se tienen en cuenta a la hora de plantear objetivos, líneas de actuación y planes de mejora las responsabilidades de:
a. Los miembros del Equipo Directivo.
b. Los órganos de coordinación docente (CCP, Departamentos, equipos docentes…).
c. Miembros del Consejo Escolar.
d. Profesorado con asunción de funciones específicas (apoyo, coordinación, jefaturas de departamento…).
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Líneas de coordinación horizontal y vertical: profesorado, departamentos, equipos docentes, niveles, etc.
b. Coordinación entre Centros de diversas etapas o niveles educativos que estén adscritos a efectos de escolarización.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Previsión de reuniones para tomar decisiones y valorar el desarrollo de la planificación.
b. El establecimiento de criterios para la atención de asuntos prioritarios.
c. Distribución adecuada de responsabilidades entre los miembros del equipo.
Se valorará que el Proyecto haya establecido:
a. Estrategias que permitan la participación efectiva de todos los miembros del Consejo Escolar.
b. Creación de comisiones específicas.
c. Determinación de líneas de comunicación e información fluidas entre los miembros de los distintos órganos.
d. Procedimientos de revisión o modificación de los documentos institucionales.
e. Participación en el análisis de los resultados de las evaluaciones internas y externas.
INDICADORES
B.O.C.M. Núm. 296
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022
BOCM-20221213-3
RELACIONES CON LOS
ÓRGANOS DE
PARTICIPACIÓN
3.1.
APARTADO
La organización que se proponga ha de ser coherente con las necesidades y recursos del centro y debe facilitar la consecución de los objetivos.
3. ADAPTACIÓN A LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CENTRO QUE FIGURA EN EL PROYECTO (2 PUNTOS).
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 95