C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (BOCM-20221213-30)
Concesión ayudas –  Resolución de 9 de diciembre de 2022, del Rector de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se hace pública la relación definitiva de solicitudes beneficiarias de la convocatoria complementaria de Ayudas para la Recualificación del Sistema Universitario Español para 2021-2023 de la Universidad Politécnica de Madrid, de fecha 23 de junio de 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Universidad Politécnica de Madrid
RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2022, del Rector de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se hace pública la relación definitiva de solicitudes
beneficiarias de la convocatoria complementaria de Ayudas para la Recualificación del Sistema Universitario Español para 2021-2023 de la Universidad Politécnica de Madrid, de fecha 23 de junio de 2022.

La presente Resolución se enmarca dentro de la Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo,
por la que se conceden las subvenciones previstas en el Real Decreto 289/2021, de 20
de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la recualificación del sistema universitario español, que resuelve conceder la subvención con referencia UP2021-035 a la Universidad Politécnica de Madrid, por un total
de 10.600.896 euros.
Tras la I Convocatoria de las ayudas de la UPM, aprobada en Comisión de Investigación de 23 de junio de 2021, y de conformidad con la cláusula séptima, punto 3, de la citada Orden UNI/551/2021, procede desarrollar una convocatoria complementaria con los
fondos resultantes de renuncias o vacantes por no aceptación de las ayudas.
Una vez finalizado el proceso de evaluación y reunida la Comisión de Evaluación
(constituida formalmente el 16 de septiembre 2022) con fecha 7 de diciembre 2022, se resuelve publicar la resolución definitiva con la relación de ayudas propuestas para financiación, así como la relación de solicitudes que han resultado excluidas con carácter definitivo. De conformidad con el artículo 7 de la convocatoria, la puntuación mínima necesaria
para superar la evaluación es de 80 puntos; dado que existe crédito disponible suficiente
para financiar todas las solicitudes que superan dicho umbral, no se hace necesario generar
una lista de reserva. Aquellas solicitudes que no superan los 80 puntos quedan excluidas.
La fecha de incorporación máxima es el 1 de enero de 2023.
En base al artículo 9 de la citada convocatoria, los solicitantes que resulten beneficiarios deberán presentar en el Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Doctorado de la
UPM (mediante envío por correo electrónico a la dirección: recualificacion@upm.es ), en
el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente
Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la BDNS, la aceptación de la ayuda otorgada en la presente convocatoria. La conformidad de la ayuda supone que el beneficiario se compromete al cumplimiento de las condiciones de la misma tal
como se establecen en el RD 289/2021, en la Orden UNI/551/2021 y en esta convocatoria.
Transcurrido este plazo sin que el solicitante haya presentado la documentación, se entenderá que renuncia a esta ayuda.
La aceptación de la ayuda conlleva el compromiso de respetar las condiciones marcadas
en la convocatoria, especialmente en lo relativo a los plazos, requisitos, condiciones de participación, justificación de la ayuda y fecha de incorporación al centro de destino, que será el 1
de enero de 2023.
Los solicitantes que resulten excluidos podrán ejercer igualmente su derecho a presentar alegaciones, a través del registro de la Universidad Politécnica de Madrid, dirigidas a la
Vicerrectora de Investigación, Innovación y Doctorado.
Contra el acuerdo de resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados, según lo establecido en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector,
en el plazo de un mes, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, todo ello sin perjuicio
de cuantos otros recursos se estimen oportuno deducir.
Madrid, a 9 de diciembre de 2022.—El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.

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