D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221210-5)
Convenio –  Convenio de colaboración de 21 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Venturada, para su incorporación a la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 294

do al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento,
la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa
de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
Octava
Comisión de Seguimiento
Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y
de los compromisos adquiridos por los firmantes se crea una Comisión de Seguimiento integrada por un representante del Ayuntamiento y un representante de la Dirección General
de Turismo para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
Convenio, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la firma de la
Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 31 de octubre de 2022.—El Alcalde-Presidente de Venturada, Daniel Álvarez
Ruiz.—La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre), el Director General de Turismo, Luis Fernando Martín Izquierdo.
ANEXO I
1. Ubicación y espacio
La ubicación de la oficina tendrá en cuenta los aforos de tránsito de visitantes, así
como los puntos de alta concentración de público.
La oficina tendrá un mínimo necesario para uso público. Los accesos para el público
han de estar libres de barreras arquitectónicas. Asimismo, el local designado por el Ayuntamiento ha de estar en perfectas condiciones para su inmediata ocupación, tanto en el interior como en el exterior, no asumiendo la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la
Comunidad de Madrid ningún gasto derivado de la rehabilitación, remodelación o mejora
del mismo.
2. Imagen corporativa externa de la oficina
La Dirección General de Turismo informará al Ayuntamiento de los elementos homogéneos de la Red de Oficinas de Información Turística, dejando un espacio para la rotulación propia del municipio.

3.1. Señalización interna: Panel/anuncio interno, cuyo diseño es competencia de la
Dirección General de Turismo, como elemento homogéneo de la Red de Oficinas de Información Turística.
3.2. Espacio de información: En las zonas de atención y acogida o recepción del visitante, se instalarán soportes que permitan la difusión de la oferta turística del municipio y
del resto de la Comunidad, diferenciando 3 tipos de información:
— Material editado por la Dirección General de Turismo referido al conjunto de la
Comunidad de Madrid.
— Material editado por el Ayuntamiento y/o otras entidades locales que tengan como
objetivo difundir la oferta turística del municipio y de la zona.
— Material editado por las empresas privadas que aporten información sobre ofertas
concretas de interés para los visitantes.
3.3. Material informático: La oficina contará con un ordenador con acceso a internet,
con al menos una pantalla full HD y el equipamiento necesario para permitir la correcta
transmisión de datos y la visualización de contenidos.

BOCM-20221210-5

3. Señalización interna y espacio de información