D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221210-8)
Convenio –  Convenio de 24 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Piragüismo, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 294

Segunda
Edificaciones y espacios deportivos
Las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el ámbito del convenio son:
1. Local de oficinas de 213,15 m2, situado en uno de los edificios del “Parque Deportivo Puerta de Hierro”.
2. Dos almacenes de 51,14 m2, situados en la macro nave contigua a los vestuarios
de piscina.
3. Hangar de 16,70 m × 6,20 m ubicado en el recinto de piscina.
4. Caseta de control de árbitros de 3,70 m × 2,60 m ubicada en el recinto de piscina.
5. Además, podrán utilizar, las piscinas del “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, en
las condiciones y períodos de tiempo establecidos en compatibilidad con el resto de usos y
necesidades de la Instalación.
Tercera
Conforme al presente convenio la Federación se compromete a:
1. Definir los objetivos y los programas deportivos que desarrollará la Federación
mediante la utilización de las edificaciones y espacios deportivos previstos en la cláusula segunda.
2. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas deportivos mediante su apoyo logístico y técnico. La valoración de este servicio será de un
máximo de 4.200 euros, anuales, durante el período de validez del presente Convenio.
3. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
4. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, la programación deportiva
por temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
5. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones
y espacios deportivos.
6. Utilizar adecuadamente las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el
presente convenio y destinar las mismas a sus fines propios como son el establecimiento de
la sede de la Federación en el local de oficinas y los usos deportivos propios de las pistas
de piragüismo, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o parcial de
las instalaciones.
7. Mantener en perfectas condiciones de uso todas las edificaciones y espacios deportivos incluidas en el convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de Madrid de
los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación
de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a aquella en perfecto estado de uso
todas las edificaciones y espacios deportivos previstas en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
8. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las edificaciones y espacios deportivos.
9. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes, para la realización de cualquier modificación o reforma de las edificaciones y espacios deportivos, sin
la cual no podrán llevarse a cabo.
10. Realizar las inversiones necesarias en las edificaciones y espacios deportivos que
se acuerden en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Estas inversiones podrán ser imputadas al canon anual siempre y cuando se solicite previamente dicha Comisión y se cuente con la aprobación de la Dirección General de Deportes.
11. Abonar los suministros de teléfono, energía eléctrica, gas, agua, y cualquier otro,
así como los servicios de limpieza de las instalaciones previstas, incluida la sede federativa,
en el presente convenio (en el caso de la piscina únicamente el rellenado y depuración del
agua de la piscina en invierno cuando se realice a petición de la Federación). En caso de que
estos suministros estén a nombre de la Dirección General de Deportes, éste repercutirá el importe de los suministros a la Federación a través del abono previsto en la cláusula sexta.
12. Abonar los gastos de seguridad y vigilancia de las instalaciones previstas en el
presente convenio.

BOCM-20221210-8

Compromisos de la Federación