Valdemorillo (BOCM-20221209-78)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos estabilización
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 293

9. Adjudicación de destinos
La adjudicación de puestos de personal laboral fijo se efectuará mediante el siguiente
procedimiento:
— El personal laboral del Ayuntamiento de Valdemorillo que obtengan plaza en el
proceso selectivo, permanecerán en el puesto que con carácter previo venían ocupando.
— Los puestos vacantes se adjudicarán de acuerdo con las peticiones de los interesados según el orden obtenido en el proceso selectivo.
10. Contratación de personal laboral fijo
10.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución la Alcaldía o
concejal delegado que se publicará en el tablón de anuncios y el apartado de empleo público de la web municipal, con indicación del destino adjudicado.
10.2. El aspirante que no materialice su contratación en el plazo señalado sin causa
justificada decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
Al objeto de afrontar las futuras necesidades temporales de efectivos, el Ayuntamiento
de Valdemorillo podrá acordar la formación de una bolsa de trabajo elaborada con las personas aspirantes que no hayan obtenido plaza, y se encuentren aprobados por orden de puntuación en la calificación final, hasta el número máximo que se determinará según la necesidad del Servicio. El régimen de funcionamiento y contratación será el determinado en la
resolución de creación de un protocolo de actuación y la vigencia de la bolsa de trabajo será
por un período de 2 años excepcionalmente prorrogable por causa justificada, quedando anulada en el caso de la constitución de otra bolsa derivada de un nuevo proceso selectivo.
El funcionamiento de dicha bolsa de trabajo se atemperará a las siguientes indicaciones:
— La bolsa de trabajo será rotativa en todo momento, de tal forma que las contrataciones comenzarán según el orden de puntuación de las personas seleccionadas,
siguiendo las contrataciones en orden decreciente hasta su total agotamiento de la
bolsa, en su caso.
— Cuando una persona fuese contratada temporalmente para cubrir una baja o sustitución temporal del servicio, a la finalización del contrato volverá al mismo lugar
que ocupaba en la bolsa antes de la contratación en función de su puntuación, si el
contrato tuvo una duración inferior a treinta días.
— Si el/la candidata/a fuere llamado/a por primera vez para ocupar el puesto o realizar la sustitución y renunciará a ella sin causa justificada, quedará en el mismo
puesto en la bolsa pasando turno el/la siguiente. La segunda renuncia sin causa
justificada supondría la exclusión de la bolsa.
— La renuncia por causa justificada supondrá el mantenimiento del/la candidato/a en
el lugar de la bolsa que le corresponde por orden de puntuación, pero permanecerá en suspenso hasta que el propio interesado comunique a la Corporación su disponibilidad para futuros llamamientos.
Se entiende por causa justificada aquella que no deriva de la voluntad del/la interesado/a (enfermedad, maternidad, etc.), así como la existencia de un contrato con
una Administración Pública o con una empresa privada. Dicha causa debe ser
acreditada por cualquier medio permitido en derecho (parte de baja médica, contrato de trabajo, etc.).
Serán causa de baja en dicha bolsa las siguientes circunstancias:
1. Rechazo de la oferta de empleo o sustitución sin causa justificada una segunda vez.
2. Se considerará rechazo de la oferta la no comparecencia del/las aspirantes en el
plazo de 24 horas tras su notificación.
3. Quienes renuncien a una contratación después de haberse comprometido a realizarlo o dejen su puesto de trabajo una vez haya sido contratado.
4. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.
5. La no presentación de la documentación necesaria para formalizar el contrato de
trabajo.

BOCM-20221209-78

11. Bolsa de trabajo