D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221209-10)
Convenio –  Convenio de 11 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), para la concesión de una subvención directa para la realización del Proyecto de Comunicaciones Cuánticas de la Comunidad de Madrid en I+D+I dentro del plan complementario en el Área de Comunicación Cuántica en el marco del Componente 17, Inversión 01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU, por importe de 18.570.000 euros
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 293

ANEXO V
DECLARACIÓN RESPONSABLE DNSH DE CADA PARTICIPANTE
Beneficiario (Entidad)
Denominación del proyecto

D./D.ª (nombre y apellidos) ..........................................................................................., en calidad de
(órgano que ejerce)* …………………………………………………………..…………........................ del
(denominación oficial de la entidad) ...…………………………………………………………………., con
capacidad suficiente para actuar en nombre y representación de esta Entidad, mediante la presente,

Declaro responsablemente
Que una vez evaluado, acorde al artículo 5 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, el proyecto señalado anteriormente cumple con todos los siguientes extremos:
A. Las actividades que se desarrollan en el mismo no ocasionan un perjuicio significativo a los
siguientes objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852,
relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante
la implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades
económicas medioambientalmente sostenibles:
1.

Mitigación del cambio climático.

2.

Adaptación al cambio climático.

3.

Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.

4.

Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos.

5.

Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo.

6.

Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.

B. Las actividades se adecúan a las características y condiciones fijadas para la el componente
17, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
C. Las actividades que se desarrollan en el proyecto cumplirán la normativa medioambiental
vigente que resulte de aplicación.
D. Las actividades que se desarrollan no están excluidas para su financiación por el Plan al no
cumplir el principio DNSH, conforme a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01)30, a la Propuesta de Decisión de Ejecución del
Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de
España y a su correspondiente Anexo.
E. Las actividades que se desarrollan no causan efectos directos sobre el medioambiente, ni
efectos indirectos primarios en todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que
pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la actividad.

En (lugar)……………………, a (fecha)…………………………..
(Firmado)

(03/22.963/22)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20221209-10

Que es conocedor de que el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la
presente declaración dará lugar a la obligación de devolver las cantidades percibidas y el interés de
demora correspondiente.