D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221208-2)
Convenio –  Convenio de colaboración de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo de la fase de prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2022-23 en centros de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 292

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE DICIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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CONVENIO de colaboración de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de
Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo de la fase de prácticum del
Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2022-23 en centros de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 3 de octubre de 2022.
REUNIDOS

De una parte: Dña. María Mercedes Marín García, Directora General de Bilingüismo
y Calidad de la Enseñanza, nombrada por Decreto 153/2019, de 27 de agosto, del Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, delegada para
la firma del presente Convenio, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012,
de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en
los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte: D. Guillermo Cisneros Pérez, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, nombrado por Decreto 109/2020, de 25 de noviembre, del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, y en virtud de las facultades que le confieren los estatutos de la UPM, aprobados por Decreto de la Comunidad de Madrid 74/2010, de 21 de
octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de noviembre de 2010),
con CIF Q-2818015-F y domicilio en Paseo Juan XXIII, número 11, 28041 Madrid, delegando la facultad para firmar el presente documento en el Vicerrector de Estudiantes y Extensión Universitaria, D. Miguel Ángel Gómez Tierno, en virtud de Resolución Rectoral
adoptada el día 22 de diciembre de 2020.
Reconociéndose, recíprocamente, competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto
EXPONEN
Primero
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29
de diciembre, preceptúa en el artículo 100 que para ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas será necesario estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes,
tener la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza
y que esta formación se adaptará al sistema de grados y postgrados del Espacio Europeo de
Educación Superior. Asimismo, dispone que corresponde a las Administraciones educativas establecer los convenios oportunos con las universidades para la organización de la citada formación.

En desarrollo del artículo 100 de la citada Ley se dicta el Real Decreto 1834/2008, de 8
de noviembre, modificado por el Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las Enseñanzas de Régimen
Especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria, establece en su artículo 9, que para ejercer la docencia en estos ámbitos será necesario
estar en posesión de un título oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica.

BOCM-20221208-2

Segundo