Torrejón de Ardoz (BOCM-20221207-94)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 291

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 395

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 31 de octubre de 2022 (punto número 8, del orden del día), por la que se convoca la subvención destinada a deportistas de
élite de Torrejón de Ardoz, temporada 2021-2022 (código 2022/2022/3/640827/000).

Primero. Beneficiarios.—Las personas beneficiarias serán aquellas personas físicas
que acrediten los requisitos establecidos en el presente artículo y que puedan obtener la condición de beneficiarias por no incurrir en ninguna de las circunstancias que lo impiden, las
cuales se detallan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Requisitos de los beneficiarios.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta orden los deportistas que reúnan los requisitos siguientes a fecha de presentación de solicitud:
a) Estar empadronados en Torrejón de Ardoz, con una anterioridad mínima de un
año a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
b) Disponer de licencia en vigor en deportes individuales, con la que haya podido representar a la Comunidad de Madrid y/o a la Selección Española en caso de que
sea seleccionado, durante los años puntuables.
c) Se considera deportista a aquel cuyos méritos se hayan logrado a través de la práctica de una modalidad deportiva organizada por una de las federaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o de la Comunidad de Madrid.
d) Deportistas que en el año de la convocatoria compitan en categoría absoluta.
e) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
f) Estar al corriente del pago de los impuestos municipales, de Hacienda y de la Seguridad Social. En el caso de ser menor de edad, deberán cumplir este requisito
los progenitores o tutores legales que están obligados a ello.
g) Estar entre los cinco primeros puestos del ranking nacional o ser medallista en
competición internacional de primer nivel, en el año objeto de la convocatoria. En
el caso de que en la federación no exista ranking nacional, deberán estar entre los
tres primeros españoles en el respectivo ranking internacional. A estos efectos, se
considerará ranking aquel documento que contenga la clasificación de los deportistas de una modalidad deportiva, especialidad y/o prueba que establezca de manera única y oficial la respectiva entidad federativa u organismo legalmente reconocido.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria de ayudas
para la mejora y perfeccionamiento de deportistas que destaquen por los resultados obtenidos
en la temporada 2021-2022 en su participación en competiciones oficiales nacionales e internacionales de las distintas modalidades deportivas reconocidas, de deportes individuales.
Las ayudas concedidas, irán destinadas a sufragar los gastos en: desplazamientos a
competiciones; material deportivo; gastos derivados de entrenamiento y participación en
competiciones, como pudiera ser tratamientos de fisioterapia o en concepto de alojamiento
en las diferentes competiciones o en fase de preparación de estas.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
consultar en la web del Ayuntamiento:
https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inlinefiles/Ordenanza%20y%20bases%20reguladoras%20concesion%20subvenciones.pdf
y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF

BOCM-20221207-94

BDNS: 661927