D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221206-9)
Convenio –  Publicación de 10 de noviembre de 2022, de segunda Adenda para la prórroga del convenio interadministrativo de colaboración, entre la Comunidad de Madrid, Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y el Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, para la prevención y control del absentismo escolar
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 68

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 290

presa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de
enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.

Tercera
Pago
La aportación económica de la Comunidad de Madrid establecida en la cláusula tercera, se hará efectiva en dos libramientos correspondientes a cada semestre de 2023, previa
presentación, antes del 30 de julio y del 10 de diciembre, de los siguientes justificantes:
— Certificado de la Comisión de Seguimiento en el que se concluya que la prestación de
los servicios educativos es acorde con lo previsto en el Convenio de Colaboración.
— Certificado justificativo del gasto realizado, emitido por la Intervención u órgano
competente de ese Ayuntamiento, así como facturas o justificantes de las acciones
desarrolladas, o en su defecto informe emitido por la Intervención u órgano de
control equivalente de la Entidad Local, que acredite la veracidad y la regularidad
de la documentación acreditativa de la ejecución convencional.
El segundo libramiento se realizará por la diferencia entre el importe consignado en el
convenio como aportación máxima de la Comunidad de Madrid y la cantidad abonada en
el primer libramiento, siempre que los gastos realizados por dicho Ayuntamiento, cubran el
compromiso de gasto.
Según lo previsto en el artículo 205 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre
que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales se establece que “Las certificaciones se expedirán por orden del Presidente de la Corporación y con su “Visto bueno”, para significar que el Secretario o funcionario que las expide y autoriza está en el ejercicio del cargo y que su firma es auténtica. Irán
rubricadas al margen por el Jefe de la Unidad al que corresponda, llevarán el sello de la Corporación y se reintegrarán, en su caso, con arreglo a la respectiva Ordenanza de exacción,
si existiere”.
Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento.
Madrid, a 10 de noviembre de 2022.—El Director General de Educación Secundaria,
Formación Profesional y Régimen Especial, por delegación (Orden 11634/2012 de 27 de
noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes Centros Directivos de la citada Consejería, en la redacción dada por la
Orden 1320/2020, de 22 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, de modificación), José M.a Rodríguez Jiménez.—El Delegado del Área de Gobierno de Familias,
Igualdad y Bienestar Social, José Aniorte Rueda.
(03/22.873/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20221206-9

Segunda
Compromisos
A fin de dar cumplimiento al Plan de Actuación Anual al que se hace referencia en la
Cláusula Segunda del Convenio, se mantienen los compromisos de la Comunidad de
Madrid y del Ayuntamiento de Madrid expresados en las cláusulas tercera y cuarta, con las
siguientes especificaciones económicas:
a) La Comunidad de Madrid aportará hasta un máximo de cuatrocientos mil
(400.000 euros), con cargo al Subconcepto 22801 “Convenios con Corporaciones
Locales” del Programa 322B “Educación Secundaria y Formación Profesional”
del Presupuesto de Gastos del año 2023.
b) El Ayuntamiento de Madrid destinará hasta un máximo de un millón seiscientos mil
euros (1.600.000 euros), para colaborar en el desarrollo del Programa, con cargo a
la aplicación presupuestaria 001/180/325.01/227.99 “Otros Trabajos realizados por
otras empresas y profesionales” del Presupuesto Municipal de Gastos de 2023.