D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221206-7)
Convenio –  Convenio interadministrativo de 7 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama para la prevención y control del absentismo escolar
18 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 290

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 37

dido entre los seis y dieciséis años de edad escolarizado en centros docentes sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad de Madrid durante el año 2022.
Así mismo, el cálculo de la cuantía que corresponderá a cada Ayuntamiento, se determinará conforme al apartado dos de la disposición cuarta de la Orden 3147/2021, de 22 de
octubre.
Para la obtención de dicha cuantía, se tendrá en cuenta la suma total de los datos de los
municipios participantes en la convocatoria 2022:
— N.o total de habitantes: 3.237.127.
— N.o total de alumnos escolarizados: 446.598.
— N.o total de alumnos con expediente de absentismo abierto: 2.939.
AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA
DATOS

IMPORTE

Número de habitantes del Municipio al 1/1/2021

CRITERIOS

4696

326,40 €

Población escolarizada en EI (3-6), EP y ESO a 31/12/2021

408

146,17 €

Número de alumnos absentistas (datos Comisión 2021)

0
TOTAL

0,00 €
472,57 €

ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades tendrá la consideración de
Responsable del Tratamiento y el Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en
adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se considerará como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama, Encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid para mejorar las situaciones de riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de
desventaja así como la respuesta a las necesidades educativas que presentan para prevenir
y controlar el absentismo escolar del alumnado de entre 6 y 16 años y, con carácter preventivo, en el segundo ciclo de Educación Infantil, mediante la firma de convenios de colaboración con Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20221206-7

Objeto del encargo de tratamiento