Mancomunidad de Servicios Los Pinares (BOCM-20221205-129)
Régimen económico. Presupuesto general
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 339
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
129
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS LOS PINARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221205-129
Aprobados inicialmente por la Junta de la Mancomunidad “Los Pinares” en sesión celebrada del día 1 de diciembre de 2022, el presupuesto de dicha Mancomunidad, las bases
de ejecución del presupuesto y la plantilla de personal para el ejercicio 2023, con arreglo a
lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación
preceptiva por plazo de quince días hábiles para oír reclamaciones por los interesados.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones, se considerarán aprobados definitivamente los mismos.
San Marín de Valdeiglesias, a 1 de diciembre de 2022.—La presidenta, Ana Belén
Barbero Martín.
(03/23.497/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 339
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
129
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS LOS PINARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221205-129
Aprobados inicialmente por la Junta de la Mancomunidad “Los Pinares” en sesión celebrada del día 1 de diciembre de 2022, el presupuesto de dicha Mancomunidad, las bases
de ejecución del presupuesto y la plantilla de personal para el ejercicio 2023, con arreglo a
lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación
preceptiva por plazo de quince días hábiles para oír reclamaciones por los interesados.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones, se considerarán aprobados definitivamente los mismos.
San Marín de Valdeiglesias, a 1 de diciembre de 2022.—La presidenta, Ana Belén
Barbero Martín.
(03/23.497/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791