Fuenlabrada (BOCM-20221205-105)
Personal. Modificación complemento específico
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 289

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
105

FUENLABRADA
PERSONAL

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 18 de noviembre
de 2022 adoptó los siguientes acuerdos:
1.o Incrementar con efectos del 1 de enero de 2022, el complemento específico asignado a los puestos de trabajo de personal laboral y funcionario en los distintos instrumentos de ordenación de puestos de trabajo del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos en
un 1,5 por 100 sobre las cantidades vigentes a fecha 31 de diciembre de 2021, y el importe
unitario de las retribuciones variables (horas extraordinarias, complementos variables,
etc.), así como los conceptos derivados de acuerdos específicos de policía y bomberos en
un 1,5 por 100 sobre el importe vigente a 31 de diciembre de 2021, incrementos que deberán respetar la disponibilidad total aprobada en los Presupuestos Municipales.
2.o Modificar los distintos anexos de personal del Ayuntamiento de Fuenlabrada y
cada uno de sus Organismos Autónomos aprobados junto con el presupuesto municipal
para el año 2022 en relación con el personal laboral y funcionario en el sentido de que las
cuantías del salario base, complemento de destino, antigüedades y paga extraordinaria se
sujeten a las cuantías establecidas en el Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022, y a lo señalado en el Real Decreto Ley 18/2022, de
18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación
del “Plan + seguridad para tu energía (+SE)“ para estos conceptos, incluido el específico,
incrementándose en un 1,5 por 100, todo ello con efectos de 1 de enero de 2022, con la excepción de los complementos de puesto de trabajo que se relacionan y que serán estudiados
en expediente administrativo separado.
ENTIDAD

CÓD. TRABAJADOR

IMPORTE

AYTO

18

AYTO

341

453,04
24,5

AYTO

575

455,06

AYTO

603

37,31

AYTO

657

208,44

AYTO

703

316,99

AYTO

715

104,07

AYTO

716

220,47

AYTO

1745

127,07

AYTO

1909

127,07

AYTO

1921

216,63

AYTO

2727

263,5

AYTO

3059

395,71

AYTO

3277

106,24

PMC

25

445,47

PMC

41

445,47

IMLS

506

468,88

No incrementar, ni aplicar absorción y reducción alguna a los complementos personales transitorios que derivan de diferencias resultantes de las cantidades que se perciben
en concepto de trienios o antigüedad como consecuencia de acuerdos a los que se refiere la
disposición adicional segunda del Acuerdo Colectivo.
ENTIDAD

CÓD. TRABAJADOR

IMPORTE

AYTO

18

AYTO

382

91,68
76,4

AYTO

477

68,76

AYTO

647

61,12

AYTO

686

61,12

AYTO

750

53,48

AYTO

1195

38,2

BOCM-20221205-105

3.o