Nuevo Baztán (BOCM-20221205-114)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
114

NUEVO BAZTÁN
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20221205-114

Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 1549/2022, de fecha 1 de diciembre de 2022, las bases generales y la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir todas las plazas ofertadas en la oferta de empleo público para el Ayuntamiento de Nuevo Baztán mediante sistema de concurso de méritos.
Las bases genéricas se publican en extracto, en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tras su publicación además en el “Boletín Oficial del Estado”, así
como las bases específicas se publicarán en extracto en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Estado”, con su respectiva convocatoria
y la composición del Tribunal.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en el “Boletín Oficial del Estado”. Asimismo, se publicarán en la sede
electrónica del este Ayuntamiento www.ayto-nuevobaztan.es y en el tablón de anuncios antes de 31 de diciembre de 2022.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante alcaldesa de este Ayuntamiento
de Nuevo Baztán, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en otro lugar, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que
pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Nuevo Baztán, a 2 de diciembre de 2022.—La alcaldesa, Gemma Pacheco Huecas.
(03/23.556/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791