D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20221205-69)
Convenio –  Anuncio de 26 de octubre de 2022, del convenio de cooperación educativa entre la Universidad Complutense de Madrid y Metro de Madrid, S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 289

CLÁUSULAS
Primera.- Información Confidencial.
Durante la realización de sus prácticas académicas en Metro de Madrid el Sr. / la Sra.
……………., podría recibir información confidencial o disponer de acceso o de potencial
acceso a la misma, por lo que, a los efectos previstos en este acuerdo, tendrá la consideración
de confidencial, la totalidad de la información susceptible de ser revelada de palabra, por
escrito o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que
se invente en el futuro, relacionada con procesos de negocio, planes estratégicos, datos
financieros, especificaciones técnicas, clientes, proveedores ….. y toda aquella información
que METRO no haya autorizado de modo explícito al “ESTUDIANTE EN PRÁCTICAS” su libre
uso o difusión (a lo largo del documento se mencionará, también, como “INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL”).
Segunda.- Obligaciones.
Las partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas para asegurar el tratamiento
confidencial de la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, asumiendo el ESTUDIANTE EN
PRÁCTICAS las siguientes obligaciones:
1. Usar la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL solamente para el uso propio del desarrollo de
sus prácticas académicas, manteniéndola con sujeción a la más estricta confidencialidad,
y asumiendo el ESTUDIANTE EN PRÁCTICAS la responsabilidad por todo uso distinto al
mismo que realice.
2. No divulgar, revelar, reproducir, descubrir, comunicar ni trasmitir, en todo o en parte, de
forma directa o indirecta, a ninguna persona, sociedad o institución, la INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL, salvo autorización previa y expresa de METRO.
3. Comunicar a METRO toda posible filtración de INFORMACIÓN CONFIDENCIAL de la que
tenga o llegue a tener conocimiento, producida por la vulneración del acuerdo de
confidencialidad o por cualquier otra causa sea o no consecuencia de la propia acción u
omisión, sin que dicha comunicación exima al ESTUDIANTE EN PRÁCTICAS de asumir
su responsabilidad por el incumplimiento del presente compromiso de confidencialidad.
Se exceptúa el caso de comunicaciones que puedan derivarse de una obligación legal,

BOCM-20221205-69

resolución judicial u otra análoga.