El Boalo (BOCM-20221202-77)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 287

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77

EL BOALO
RÉGIMEN ECONÓMICO

Don Javier de los Nietos Miguel, alcalde-presidente del Ayuntamiento de El Boalo-CercedaMataelpino.

BOCM-20221202-77

Hago saber: Que, de conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la
Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de
los tributos de cobro periódico por recibo que más abajo se detallarán, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo en cualquier oficina del territorio nacional de la siguiente entidad
bancaria autorizada: La Caixa. Los documentos necesarios para efectuar el pago serán remitidos a los domicilios fiscales de los obligados al pago quienes, en caso de no recibirlos,
extraviarlos u otras circunstancias, podrán solicitar la expedición de un duplicado en las Oficinas Recaudatorias del Ayuntamiento sitas en plaza Mayor, número 4, en Cerceda; plaza de
la Constitución, número 1, en El Boalo; y plaza de España, número 6, en Mataelpino. La recaudación de los tributos durante el año 2023 se llevará a cabo en las siguientes fechas:
Del 1 de marzo al 5 de mayo de 2023:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2023.
— Tasa de recogida de basura domiciliaria 2023.
— Tasa de vados 2023.
Del 1 de mayo al 5 de julio de 2023:
— Primera fracción del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2023.
Del 1 de octubre al 5 de diciembre de 2023:
— Segunda fracción del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2023.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2023.
— Impuesto sobre actividades económicas 2023.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio de cada período voluntario. Contra las liquidaciones
contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso
administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del
plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
A los contribuyentes acogidos al Servicio Especial de Pagos –Pago en 6–, los recibos
les serán cargados en su cuenta bancaria los primeros días hábiles de los meses de abril,
mayo, junio, julio, agosto y septiembre del año 2023, las adhesiones al sistema especial de
pago y solicitudes de bonificaciones fiscales municipales deberán ser instadas presentando
la correspondiente solicitud con fecha límite de 31 de enero de 2023.
Finalizado el periodo voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.
En Boalo, a 22 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Javier de los Nietos Migue.
(01/22.821/22)

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ISSN 1989-4791