Cobeña (BOCM-20221202-74)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

COBEÑA
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20221202-74

Habiéndose aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de
Cobeña, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2022, las bases y la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir 2 plazas de Operario de Limpieza para el Ayuntamiento de Cobeña, mediante sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días
hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las bases reguladoras se encuentran publicadas íntegramente en la página web del
Ayuntamiento de Cobeña:
https://www.ayto-cobena.org/tu-ayuntamiento/empleo-publico
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en la página web de este Ayuntamiento:
https://www.ayto-cobena.org/tu-ayuntamiento/empleo-publico
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento de
Madrid, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Madrid, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro
recurso que estime pertinente.
Cobeña, a 23 de noviembre de 2022.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(02/22.913/22)

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ISSN 1989-4791