Manzanares el Real (BOCM-20221202-85)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 287

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85

MANZANARES EL REAL
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20221202-85

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID que por decreto de Alcaldia 2022-2367,
de 18 de noviembre de 2022, por el que se aprueban las bases específicas que regirán los
procesos selectivos con carácter de laboral fijo mediante el sistema de acceso libre y por el
procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal de acuerdo con la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Las bases se encuentran íntegramente en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://manzanareselreal.sedelectronica.es/board/9753e838-f59b-11de-b600-00237da12c6a/
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía del Ayuntamiento de Manzanares el Real, de conformidad con los artículos 123 y 124 de
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime pertinente.
En Manzanares el Real, a 22 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/22.743/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791