D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221202-38)
Convenio –  Convenio interadministrativo de 21 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Tres Cantos para la prevención y control del absentismo escolar
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 287

Así mismo, el cálculo de la cuantía que corresponderá a cada Ayuntamiento, se determinará conforme al apartado dos de la disposición cuarta de la Orden 3147/2021, de 22 de octubre.
Para la obtención de dicha cuantía, se tendrá en cuenta la suma total de los datos de los
municipios participantes en la convocatoria 2022:
— Número total de habitantes: 3.237.127.
— Número total de alumnos escolarizados: 446.598.
— Número total de alumnos con expediente de absentismo abierto: 2.939.
AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS
CRITERIOS
Número de habitantes del Municipio al 1/1/2021
Población escolarizada en EI (3-6), EP y ESO a 31/12/2021
Número de alumnos absentistas (datos Comisión 2021)

DATOS

IMPORTE

48751

3.388,49 €

6546

2.345,20 €

13
TOTAL

508,68 €
6.242,37 €

ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades tendrá la consideración
de Responsable del Tratamiento y el Ayuntamiento de Tres Cantos tendrá la consideración
de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de
normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se considerará como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Ayuntamiento de Tres Cantos, Encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios
para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid para mejorar las situaciones
de riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de desventaja
así como la respuesta a las necesidades educativas que presentan para prevenir y controlar
el absentismo escolar del alumnado de entre 6 y 16 años y, con carácter preventivo, en el
segundo ciclo de Educación Infantil, mediante la firma de convenios de colaboración con
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración /modificación / conservación /extracción /consulta /comunicación por transmisión / di-

BOCM-20221202-38

Objeto del encargo de tratamiento