D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221202-61)
Convenio –  Convenio de 18 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Pádel, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo” y en las instalaciones deportivas “Canal de Isabel II”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2022

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nal de Isabel II” descritos en la cláusula segunda para el cumplimiento de sus objetivos y
programas deportivos de la Federación.
Segunda
Edificaciones y espacios deportivos
Las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el ámbito del convenio son:
1. Local de oficinas de 83,79 m2 situado en uno de los edificios del Parque Deportivo Puerta de Hierro. Este local se desarrolla todo en planta baja, y consta de un despacho,
una sala diáfana, un pequeño almacén y aseos.
2. Oficina de 22,50 m2 de superficie situada en planta baja en edificio de acceso al
vestuario de raqueta del Parque Deportivo Puerta de Hierro.
3. Las pistas de pádel del Parque Deportivo Puerta de hierro, pudiendo utilizar los
vestuarios de raqueta.
4. Las pistas de pádel de las instalaciones deportivas de “Canal de Isabel II”.
En el caso de que el número de pistas a gestionar por la Federación Madrileña de Pádel, sufriera alguna variación con respecto a la dotación actual, las condiciones económicas
establecidas en el presente convenio variarían proporcionalmente. Esta adecuación económica se acordaría en el seno de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Tercera
Conforme al presente convenio la Federación se compromete a:
1. Definir los objetivos y los programas deportivos que desarrollará la Federación
mediante la utilización de las edificaciones y espacios deportivos previstos en la cláusula
segunda.
2. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas deportivos mediante su apoyo logístico y técnico. La valoración de este servicio será de un
máximo de 7.200 euros, anuales, durante el período de validez del presente convenio.
3. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
4. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, la programación deportiva
por temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
5. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones
y espacios deportivos.
6. Utilizar adecuadamente las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el
presente convenio y destinar las mismas a sus fines propios como son el establecimiento de
la sede de la Federación en el local de oficinas y los usos deportivos propios del campo de
pádel, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o parcial de las instalaciones.
7. Mantener en perfectas condiciones de uso todas las edificaciones y espacios deportivos incluidas en el convenio, siendo responsable frente a aquella de los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a la Comunidad de Madrid en perfecto estado de uso
todas las edificaciones y espacios deportivos previstas en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
8. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las edificaciones y espacios deportivos.
9. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes, para la realización de cualquier modificación o reforma de las edificaciones y espacios deportivos, sin
la cual no podrán llevarse a cabo.
10. Realizar las inversiones necesarias en las edificaciones y espacios deportivos que
se acuerden en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Estas inversiones podrán ser imputadas al canon anual siempre y cuando se solicite previamente a dicha Comisión y se cuente con la aprobación de la Dirección General de Deportes.

BOCM-20221202-61

Compromisos de la Federación