B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221202-4)
Concurso de méritos –  Orden de 17 de noviembre de 2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería (Agencia de Vivienda Social) por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 287

VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2022

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Octavo
Puntuación mínima
1. El puesto de trabajo convocado no podrá declararse desierto cuando existan concursantes que, habiéndolo solicitado, hayan obtenido una puntuación mínima de 10 puntos.
Dicha puntuación mínima no podrá ser exigida en los puestos cuyo nivel de complemento
de destino sea el de ingreso en el Cuerpo, Escala y Especialidad de que se trate.
2. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 1, base decimoprimera, apartado 4, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, la Junta de Méritos podrá proponer,
de manera motivada, la adjudicación del puesto al candidato que no llegue a la puntuación
mínima señalada, siempre que dicho candidato haya acreditado un nivel adecuado y previo
informe favorable de la unidad de adscripción de los puestos de que se trate.
Noveno
Desistimientos y renuncias.
1. Los participantes sólo podrán desistir de su solicitud hasta la fecha de finalización
del plazo concedido para formular alegaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos al que hace referencia el apartado Séptimo de esta Orden. Dicho desistimiento se
efectuará de forma telemática.
Cualquier escrito de desistimiento, se considerará hecho a la totalidad del procedimiento.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
Décimo
Entrada en vigor
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Undécimo
Recursos

BOCM-20221202-4

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dado en Madrid, a 17 de noviembre de 2022.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D. (Orden 369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 3 de marzo de 2022), el Director Gerente de la Agencia de Vivienda Social, Manuel Ángel Fernández Mateo.