Piñuécar-Gandullas (BOCM-20221201-94)
Régimen económico. Presupuesto general
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BOCM
Pág. 348
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 286
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
94
PIÑUÉCAR-GANDULLAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221201-94
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 15
de noviembre de 2022, el presupuesto municipal, bases de ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2022, con arreglo a lo
previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación
preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de
reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,
estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
En Piñuécar-Gandullas, a 22 de noviembre de 2022.—El alcalde, Juan José Suárez
del Pozo.
(03/22.709/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
94
PIÑUÉCAR-GANDULLAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221201-94
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 15
de noviembre de 2022, el presupuesto municipal, bases de ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2022, con arreglo a lo
previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación
preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de
reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,
estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
En Piñuécar-Gandullas, a 22 de noviembre de 2022.—El alcalde, Juan José Suárez
del Pozo.
(03/22.709/22)
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