D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221201-31)
Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Autónoma de Madrid para el desarrollo del prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en centros de la Comunidad de Madrid durante el curso 2022-2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 286

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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CONVENIO de colaboración de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad
de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la
Universidad Autónoma de Madrid para el desarrollo del prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en centros de
la Comunidad de Madrid durante el curso 2022-2023.
Madrid, a 23 de septiembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte: Dña. María Mercedes Marín García, Directora General de Bilingüismo
y Calidad de la Enseñanza, nombrada por Decreto 153/2019, de 27 de agosto del Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, delegada para
la firma del presente Convenio, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012,
de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en
los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte: Dña. Amaya Mendikoetxea Pelayo, en calidad de Rectora Magnífica
nombrada mediante Decreto 87/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2021),
en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias que le corresponden
según Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y por los Estatutos de la
citada Universidad aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre.
Reconociéndose, recíprocamente, competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto,
EXPONEN
Primero
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de
diciembre, establece en su artículo 92, que la atención educativa directa en Educación Infantil recaerá en profesionales que posean el título de Maestro en Educación Infantil o el título
de Grado equivalente. Asimismo, en su artículo 93, dispone que para impartir las enseñanzas de Educación Primaria será necesario tener el título de Maestro en Educación Primaria
o título de Grado equivalente. También, el artículo 100 preceptúa que la formación inicial
del profesorado se ajustará a las necesidades de titulación y cualificación requeridas.
Las Órdenes ECI/3854/2007 y ECI/3857/2007 del Ministerio de Educación y Ciencia,
ambas de 27 de diciembre, por las que se establecen los requisitos de verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro en
Educación Infantil o Maestro en Educación Primaria disponen la realización de una fase de
Prácticum que tendrá carácter presencial y que se desarrollará en centros de Educación Infantil o en centros de Educación Primaria, reconocidos como centros de formación en prácticas, mediante convenios entre las Administraciones educativas y las universidades.
Tercero
La Orden 1445/2022, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se establece el procedimiento para la realización
del Prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en centros de

BOCM-20221201-31

Segundo