Leganés (BOCM-20221130-79)
Régimen económico. Bases concurso carnaval
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

Base 8.a

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 273

Penalizaciones e incumplimientos

Se penalizará sin premio en el Carnaval, siendo motivo de expulsión, a cualquier grupo o comparsa en el que el número de participantes no esté acorde con lo que establecen las
bases. Se penalizará a cualquier grupo, comparsa, carroza que no esté preparada en la columna del desfile a la hora del inicio, esta penalización estará baremada entre 3 y 6 puntos
negativos.
El jurado podrá revocar cualquiera de los premios en caso de detectar alguna irregularidad dentro del concurso.
Por la Junta de Distrito de La Fortuna, se podrá solicitar cuanta documentación sea necesaria para justificar la realización de las carrozas, trajes, etc.
La participación en los concursos implica la aceptación de todas y cada una de las bases, siendo la decisión del jurado inapelable.
Base 9.a

Información y publicidad

La publicación de las presentes bases se realizará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Junta Municipal de La Fortuna y la página web del Ayuntamiento ( www.leganes.org ).
La información relativa al mismo se facilitará desde la Junta Municipal de Distrito de
La Fortuna, calle San Amado, número 20, en el teléfono 912 489 686.
Base 10.a Aspectos legales

BOCM-20221130-79

El Ayuntamiento de Leganés podrá, en el caso de detectar un uso fraudulento del certamen, modificar las presentes bases en aquellas disposiciones que fueran pertinentes para
lograr el correcto funcionamiento y desarrollo del mismo. Así mismo, resolverá todas las
cuestiones que pudieran surgir o plantearse en la interpretación de estas bases.
Los participantes consienten al Ayuntamiento de Leganés la realización de grabaciones audiovisuales en espacios públicos de su imagen, derivadas de su participación en este
concurso y autorizan su posterior utilización con carácter promocional, dentro del marco de
la información municipal de interés general, lo que incluirá su reproducción y comunicación pública en aquellos medios que el Ayuntamiento de Leganés considere, sin límite temporal alguno.
Segundo.—Publicar las presentes bases en el tablón de anuncios y página web del
Ayuntamiento de Leganés, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El
extracto de las mismas será publicado en la Base de Datos de Ámbito Nacional.
Tercero.—Facultar al concejal de Medioambiente, Sostenibilidad y Presidente de la
Junta de Distrito de La Fortuna para la firma de cuantos documentos y acuerdos sean necesarios.
Leganés, a 16 de noviembre de 2022.—El concejal-delegado de Medioambiente, Sostenibilidad y Presidente de la Junta Municipal de Distrito de La Fortuna, Miguel García
Rey.
(03/22.300/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791