Boadilla del Monte (BOCM-20221130-64)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 285

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

BOADILLA DEL MONTE

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, de 22 de noviembre de 2022, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o En cumplimiento de lo dispuesto en el decreto número 4305/2022, de 12 de septiembre, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales,
Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 236, de 4 de octubre de 2022), el primer ejercicio (teórico) de la fase de oposición del proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la cobertura, por el turno libre, mediante el sistema de
concurso-oposición, de dieciséis plazas de Administrativo, se realizará el día 10 de diciembre de 2022, a las 10:00 horas, en la Universidad CEU-San Pablo, sita en la avenida Montepríncipe, sin número (Urbanización Montepríncipe), de Boadilla del Monte.
2.o Rectificar el decreto número 4305/2022, de 12 de septiembre, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, de aprobación de la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo
convocado por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la cobertura, por el turno libre,
mediante concurso-oposición, de dieciséis plazas de Administrativo, disponiendo la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID exclusivamente de las personas aspirantes excluidas definitivamente y las causas que motivaron su exclusión, y estableciendo el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte
como lugar donde se expondrán las relaciones definitivas completas, una vez rectificadas,
de las personas aspirantes admitidas y excluidas.
3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.

BOCM-20221130-64

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