D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221130-19)
Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Internacional Isabel I de Castilla, para el desarrollo del Prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en centros de la Comunidad de Madrid durante el curso 2022/2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 285

Séptima
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de la Comunidad de Madrid y la Universidad Internacional Isabel I de
Castilla se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud
de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los que
la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Consejería
de la Comunidad de Madrid o por la Universidad Internacional Isabel I de Castilla respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento Prácticas universitarias
en centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid para alumnos que realizan el prácticum del Máster o de Grado), cuya finalidad es Impartir mediante
convenios de colaboración con las universidades las prácticas en centros educativos públicos madrileños correspondientes a la asignatura de prácticas externas
que deben realizar los alumnos para la obtención del Máster en Profesorado de
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de la Formación equivalente y las prácticas de los Grados de
Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado, y cuya base legal es RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o
en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Universidad Internacional Isabel I de Castilla, S. A. U., serán tratados e incorporados a la actividad de
tratamiento “Prácticas”, cuya finalidad es gestionar las prácticas que realizan los
estudiantes de esta Universidad y cuya base legal es que el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte.
Los datos personales podrán ser comunicados a las entidades colaboradoras en la
realización de las prácticas y a las Administraciones Públicas competentes en materia de prácticas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme
a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

BOCM-20221130-19

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