D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221130-27)
Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) para el desarrollo del Prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en centros de la Comunidad de Madrid durante el curso 2022/2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 109

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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CONVENIO de colaboración de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad
de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la
Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) para el desarrollo del Prácticum
de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en
centros de la Comunidad de Madrid durante el curso 2022/2023.
Madrid, a 23 de septiembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, doña María Mercedes Marín García, Directora General de Bilingüismo y
Calidad de la Enseñanza, nombrada por Decreto 153/2019, de 27 de agosto, del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, delegada para la firma
del presente Convenio, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares
de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, doña Concepción Burgos García, en calidad de Rectora Magnífica nombrada mediante Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración celebrado el día 14 de
septiembre de 2016, en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias
que le corresponden según el artículo 19 de las normas de organización y funcionamiento
de la Universidad a Distancia de Madrid.
Reconociéndose, recíprocamente, competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto
EXPONEN
Primero
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de
diciembre, establece en su artículo 92, que la atención educativa directa en Educación Infantil recaerá en profesionales que posean el título de Maestro en Educación Infantil o el título
de Grado equivalente. Asimismo, en su artículo 93, dispone que para impartir las enseñanzas de Educación Primaria será necesario tener el título de Maestro en Educación Primaria
o título de Grado equivalente. También, el artículo 100 preceptúa que la formación inicial
del profesorado se ajustará a las necesidades de titulación y cualificación requeridas.

Las Órdenes ECI/3854/2007 y ECI/3857/2007, del Ministerio de Educación y Ciencia, ambas de 27 de diciembre, por las que se establecen los requisitos de verificación de
los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro
en Educación Infantil o Maestro en Educación Primaria disponen la realización de una fase
de Prácticum que tendrá carácter presencial y que se desarrollará en centros de Educación
Infantil o en centros de Educación Primaria, reconocidos como centros de formación en
prácticas, mediante convenios entre las Administraciones educativas y las universidades.
Tercero
La Orden 1445/2022, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se establece el procedimiento para la realización del Prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología,
matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en cen-

BOCM-20221130-27

Segundo