D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221130-23)
Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Antonio de Nebrija, para el desarrollo del Prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en facultades y escuelas universitarias de formación del profesorado en centros de la Comunidad de Madrid durante el curso 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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CONVENIO de colaboración de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad
de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la
Universidad Antonio de Nebrija, para el desarrollo del Prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en facultades y escuelas universitarias de formación del profesorado en centros de la
Comunidad de Madrid durante el curso 2022-2023.
Madrid, a 23 de septiembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, Dña. María Mercedes Marín García, Directora General de Bilingüismo y
Calidad de la Enseñanza, nombrada por Decreto 153/2019, de 27 de agosto, del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, delegada para la firma del presente Convenio, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012, de 27 de
noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, D. José Muñiz Fernández, en calidad de Rector Magnífico nombrado por
el Consejo de Administración de la Universidad Antonio de Nebrija el 14 de julio de 2020,
en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias que le corresponden
según Acuerdo adoptado por el Consejo Rector con fecha 14 de julio de 2020 y en el ejercicio de las funciones conferidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el Decreto 21/2005, de 3 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y funcionamiento de la Universidad
Antonio de Nebrija.
Reconociéndose, recíprocamente, competencia y capacidad legal suficiente para obligarse, a tal efecto
EXPONEN
Primero
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29
de diciembre, establece en su artículo 92, que la atención educativa directa en Educación
Infantil recaerá en profesionales que posean el título de Maestro en Educación Infantil o el
título de Grado equivalente. Asimismo, en su artículo 93, dispone que para impartir las enseñanzas de Educación Primaria será necesario tener el título de Maestro en Educación Primaria o título de Grado equivalente. También, el artículo 100 preceptúa que la formación
inicial del profesorado se ajustará a las necesidades de titulación y cualificación requeridas.

Las Órdenes ECI/3854/2007 y ECI/3857/2007 del Ministerio de Educación y Ciencia,
ambas de 27 de diciembre, por las que se establecen los requisitos de verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro en
Educación Infantil o Maestro en Educación Primaria disponen la realización de una fase de
Prácticum que tendrá carácter presencial y que se desarrollará en centros de Educación Infantil o en centros de Educación Primaria, reconocidos como centros de formación en prácticas, mediante convenios entre las Administraciones educativas y las universidades.

BOCM-20221130-23

Segundo