Parla (BOCM-20221129-86)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 360
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 284
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con el ordenamiento vigente, y según decreto 6959, de 8 de noviembre de 2022, emitido por don Andrés Correa Barbado, concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, se resuelve:
Primero.—Aprobar la adaptación del calendario fiscal para el ejercicio 2023 regulado
en la ordenanza fiscal, general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de
Parla a las siguientes fechas. El cargo en las cuentas bancarias de los recibos domiciliados
se efectuará el día 5 del mes siguiente al inicio del período de cobro.
PADRÓN
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Desde el día 1 de marzo al 3 de mayo
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Desde el día 1 de junio hasta el 31 de julio
Impuesto sobre Actividades Económicas
Desde el día 1 de octubre al día 30 de noviembre
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Desde el día 1 de octubre al día 30 de noviembre
Tasa Cajeros Automáticos
Desde el día 1 de febrero al 31 de marzo
Segundo.—Aprobar el siguiente calendario de exposición al público para el ejercicio 2023 de los padrones y matrículas, indicando las fechas en las que podrán ser consultados por los contribuyentes:
PERIODO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICO
Del día 1 al 28 de febrero de 2023
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Del 1 al 31 de mayo de 2023
Impuesto sobre Actividades Económicas
Del 1 al 30 de septiembre de 2023
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Del 1 al 30 de septiembre de 2023
Tasa Cajeros Automáticos
Del 1 al 30 de enero de 2023
Tercero.—Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID del calendario fiscal para el ejercicio 2023, señalando que el cargo bancario de los
recibos domiciliados se efectuará el día 5 del mes siguiente al de inicio de período voluntario de cobro, y del calendario de exposición al público para el ejercicio 2023 de los padrones y/o matriculas para su consulta y examen, señalando todos los elementos establecidos en el Reglamento General de Recaudación.
Así lo manda y firma el concejal en la fecha de firma del secretario general.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma, recurso de reposición previo a la reclamación económico-administrativa ante el órgano municipal que ha dictado el acto administrativo impugnado, según lo establecido en artículo 14
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales; o bien, reclamación económico-administrativa ante el Jurado
Económico-Administrativo del Ayuntamiento de Parla, según lo establecido en el artículo 226 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.
Parla, a 28 de noviembre de 2022.—El concejal del Área de Nuevas Tecnologías,
Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.
(01/23.040/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221129-86
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Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
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Pág. 360
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 284
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con el ordenamiento vigente, y según decreto 6959, de 8 de noviembre de 2022, emitido por don Andrés Correa Barbado, concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, se resuelve:
Primero.—Aprobar la adaptación del calendario fiscal para el ejercicio 2023 regulado
en la ordenanza fiscal, general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de
Parla a las siguientes fechas. El cargo en las cuentas bancarias de los recibos domiciliados
se efectuará el día 5 del mes siguiente al inicio del período de cobro.
PADRÓN
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Desde el día 1 de marzo al 3 de mayo
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Desde el día 1 de junio hasta el 31 de julio
Impuesto sobre Actividades Económicas
Desde el día 1 de octubre al día 30 de noviembre
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Desde el día 1 de octubre al día 30 de noviembre
Tasa Cajeros Automáticos
Desde el día 1 de febrero al 31 de marzo
Segundo.—Aprobar el siguiente calendario de exposición al público para el ejercicio 2023 de los padrones y matrículas, indicando las fechas en las que podrán ser consultados por los contribuyentes:
PERIODO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICO
Del día 1 al 28 de febrero de 2023
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Del 1 al 31 de mayo de 2023
Impuesto sobre Actividades Económicas
Del 1 al 30 de septiembre de 2023
Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en su
epígrafe B) Paso de vehículos y C) Reserva de la vía pública para carga y descarga
Del 1 al 30 de septiembre de 2023
Tasa Cajeros Automáticos
Del 1 al 30 de enero de 2023
Tercero.—Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID del calendario fiscal para el ejercicio 2023, señalando que el cargo bancario de los
recibos domiciliados se efectuará el día 5 del mes siguiente al de inicio de período voluntario de cobro, y del calendario de exposición al público para el ejercicio 2023 de los padrones y/o matriculas para su consulta y examen, señalando todos los elementos establecidos en el Reglamento General de Recaudación.
Así lo manda y firma el concejal en la fecha de firma del secretario general.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma, recurso de reposición previo a la reclamación económico-administrativa ante el órgano municipal que ha dictado el acto administrativo impugnado, según lo establecido en artículo 14
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales; o bien, reclamación económico-administrativa ante el Jurado
Económico-Administrativo del Ayuntamiento de Parla, según lo establecido en el artículo 226 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.
Parla, a 28 de noviembre de 2022.—El concejal del Área de Nuevas Tecnologías,
Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.
(01/23.040/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221129-86
PADRÓN
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica