D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221129-27)
Convocatoria contrato –  Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, por la que se hace pública la licitación del contrato de “Suministro de gases medicinales líquidos con destino a los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud, 3 lotes”, por procedimiento abierto con pluralidad de criterios
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 284

MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 191

— Tipo: El licitador deberá presentar certificaciones de autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, como laboratorio farmacéutico y especialidad.
b) Solvencia económica y financiera: Artículo 87 de la Ley 9/2017.
Criterios de selección: El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios
que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos,
deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato de cada uno
de los lotes de forma individual o a la suma de los lotes a que presente oferta, según consta en la tabla incorporada en este mismo apartado 5 de la cláusula 1.
— El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales
aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera
inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro
Mercantil.
— Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones
de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar el cumplimiento de
solvencia económica y financiera aportando la documentación correspondiente a su patrimonio neto, al cierre del último ejercicio económico para el
que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe
igual o superior, al menos, a una vez y media el valor anual medio del contrato en función de los lotes a los que licite [artículo 87.1.c) de la LCSP].
c) Solvencia técnica: Artículo 90.1.a) de la Ley 9/2017.
Criterios de selección: La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la presentación de los siguientes documentos:
1. Relación de los principales suministros efectuados en los tres últimos años, de
igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70
por 100 de la anualidad media del contrato, según consta en la tabla incorporada en este mismo apartado 5 de la cláusula 1.
2. Certificados hasta alcanzar el importe indicado en el punto anterior (*), si el
destinatario es una entidad del sector público, dentro de los tres últimos ejercicios, referidos a suministros del mismo tipo o naturaleza análoga a los del
objeto del contrato, con indicación del importe ejecutado en cada uno de
ellos; si el destinatario es un sujeto privado, el certificado estará expedido por
este o, en su defecto, mediante una declaración del empresario, con los mismos requerimientos expuestos para destinatarios del sector público, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo, como contratos y/o actas de recepción del suministro formalizados entre el empresario y el
destinatario privado, que acrediten su realización.


LOTE

DESCRIPCIÓN PRODUCTO

SOLVENCIA
ECONÓMICA

SOLVENCIA
TÉCNICA

1

Oxígeno Líquido

13.703.853,60€

6.395.131,68€

2

Nitrógeno Líquido

5.401.503,60€

2.520.701,68€

3

Protóxido de Nitrógeno
TOTAL

663.463,80€

309.616,44€

19.768.821,00€

9.225.449,80€

d) Tramitación: Ordinaria.
e) Procedimiento: Abierto con pluralidad de criterios.
(*) Si el importe requerido se alcanza con un solo certificado, no será necesario presentar más.

BOCM-20221129-27

Para determinar que un suministro es del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos del respectivo
código de la CPV.
Los criterios señalados en las letras A) y B) anteriores para la acreditación de la
solvencia se entienden para la totalidad de los lotes. En caso de concurrir a uno o
varios lotes, dichos criterios serán proporcionales con los presupuestos de los lotes a los que licite, según los importes que a continuación se indican: