D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221129-24)
Convenio –  Convenio de 7 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social), y la Fundación Acción Contra el Hambre, para la realización del Proyecto “Curso de técnico especialista en Logística Humanitaria”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 284

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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CONVENIO de 7 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social), y la Fundación Acción Contra el
Hambre, para la realización del Proyecto “Curso de técnico especialista en Logística Humanitaria”.
Madrid, a 7 de noviembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Excma. Sra.
Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Olivier Longué, actuando en nombre y representación de la Fundación
Acción Contra el Hambre como apoderado general, según lo dispuesto en la Escritura de
Apoderamiento número 2060, de fecha 30 de diciembre de 2015, otorgada ante el notario
D. Gabriel Baleriola Lucas, del Ilustre Colegio de Madrid,

I. La Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, reconoce la ayuda humanitaria como instrumento al servicio del derecho a
la vida y a la dignidad humana en condiciones de riesgo y amenaza. En particular, el artículo 5.c) de la referida ley contempla, en este sentido y de manera expresa, la ayuda de emergencia y la ayuda alimentaria.
II. Asimismo, la citada Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, dedica su capítulo V a la participación de la sociedad madrileña en la cooperación para el desarrollo en general, disponiendo en su artículo 16, la
obligación de la Comunidad de Madrid de fomentar la actividad y participación de las organizaciones no gubernamentales y otros agentes en dicho ámbito.
III. El Plan General de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de
Madrid 2021-2024 establece la acción humanitaria como uno de los sectores priorizados en
este período. En su consecuencia, el Plan Anual de Cooperación para el Desarrollo de la
Comunidad de Madrid 2022 contempla entre sus ejes vertebradores la Acción Humanitaria
como un ámbito temático o sectorial priorizado y entre sus acciones se recoge la “Posibilidad de formalización de convenios para la realización de acciones de cooperación directa o
indirecta, de acuerdo con lo previsto en la Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para
el Desarrollo de la Comunidad de Madrid” y en concreto se hace mención expresa a formalizar un Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Acción Contra el Hambre para la realización del Proyecto “Curso de técnico especialista en logística humanitaria”.
IV. La Comunidad de Madrid considera fundamental la colaboración con las organizaciones no gubernamentales para fomentar la formación en temas relacionados con el
desarrollo, la cooperación y la acción humanitaria y de emergencia, por la garantía que conlleva su especialización y experiencia en estos ámbitos.
V. En particular, la ayuda humanitaria internacional se despliega en un contexto de
catástrofes, conflictos bélicos y desastres naturales de tal complejidad que hace preciso
contar con profesionales especializados en las distintas áreas que deben ser desarrolladas
en los proyectos de acción humanitaria ejecutados en crisis internacionales, desastres o
emergencias de cualquier índole.

BOCM-20221129-24

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