D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221129-23)
Convenio –  Convenio de 7 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Movimiento contra la Intolerancia, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por un importe de cincuenta mil euros (50.000 euros), para la financiación, durante la anualidad 2022, de actuaciones destinadas a promover la convivencia democrática y pacífica en la sociedad madrileña
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

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dicha Asociación para llevar a cabo una serie de actuaciones que favorezcan la convivencia democrática y pacífica en la sociedad madrileña.
Segunda
Objeto de la subvención
El objeto de la subvención que se persigue con este Convenio será:
— El desarrollo de un Programa de Prevención de la Violencia e Intolerancia y de Solidaridad con las Víctimas.
— Servicio de apoyo a las víctimas de delitos de odio y discriminación
— La realización de denuncias, cuando sea necesario, ante la Fiscalía de Discurso y
Delitos de Odio y Discriminación, sin perjuicio del ejercicio de acciones por los
Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, especialmente cuando se trate del
ejercicio de la acción popular.
— La formación de mediadores de prevención de conflictos de delitos odio y discriminación.
— La edición de materiales de sensibilización sobre víctimas de delitos de odio y discriminación.
— La realización de actos públicos de sensibilización social contra la violencia, el racismo y la intolerancia.
Las anteriores actividades objeto del convenio, deberán estar referidas a personas o colectivos relacionados con las competencias de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, tales como personas dependientes, inmigrantes, familias, personas discriminadas
en razón de su identidad sexual o en razón de su expresión de género libremente manifestada; mujeres, menores de edad, mayores, y personas con discapacidad y quedan desarrolladas con mayor detalle en el anexo del convenio.
Tercera

a) Acreditar, con carácter previo a la concesión y al pago de la presente subvención,
el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario mediante aportación de la declaración responsable, expresada en el artículo 13.7 de
la Ley 38/2003 suscrita por el representante legal de la entidad.
b) Hallarse, con carácter previo a la concesión y al pago de la subvención, al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la
Hacienda de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 14.1.e), 34.5 de
la Ley 38/2003, y 8.e) de la Ley 2/1990.
c) Realizar las actividades objeto de la subvención.
d) Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad subvencionada
en la forma y plazos establecidos en el presente convenio.
e) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero a efectuar por
los órganos concedentes y de control competentes, aportando la información que
le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
f) Comunicar al órgano concedente, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos percibidos, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la
LGS, y en particular, las establecidas en la cláusula décima de este convenio.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
artículo 37 de la LGS.
j) Presentar declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad beneficiaria, en virtud de la cual dicho representante legal asuma, en calidad de responsable del tratamiento de datos personales derivado de las actuaciones subvencionadas, el cumplimiento obligaciones jurídicas, técnicas y
organizativas establecidas en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, y la

BOCM-20221129-23

Obligaciones del beneficiario