Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20221129-59)
Confederación Hidrográfica del Tajo. Canon regulación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 284

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
59

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Confederación Hidrográfica del Tajo

BOCM-20221129-59

Resolución del presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre aprobación
del canon de regulación del Henares. Año 2023.
Finalizado el período de información pública, se han recibido escritos de alegaciones
en plazo, que han sido desestimados según los informes del Área de Explotación y del Área
de Régimen Jurídico-Patrimonial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del
Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico, esta Presidencia ha resuelto aprobar los siguientes valores:
— Usuarios de abastecimiento y otros usos de la cuenca del Tajo: 0,026613 d/m3.
— Usuarios de riego de la cuenca del Tajo: 50,94 d/ha.
— Usuarios hidroeléctricos de la cuenca del Tajo: 0,003176 d/kwh.
— Usuarios no consuntivos de la cuenca del Tajo: 0,001772 d/m3.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20
de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, la presente resolución
tiene carácter económico-administrativo, por lo que podrá interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa para su remisión,
esta última ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, sin que sea posible simultanear estas dos vías de impugnación. Ambos recursos deberán dirigirse a la Confederación Hidrográfica del Tajo y presentarse dentro del mes siguiente a la publicación de la
presente resolución.
Madrid, a 4 de noviembre de 2022.—A propuesta del director técnico, el presidente,
Antonio Yáñez Cidad.
(02/21.854/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791