Boadilla del Monte (BOCM-20221128-73)
Personal. Nombramiento funcionarios
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 283

LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 353

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73

BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, de fecha 18 de noviembre de 2022, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Nombrar funcionarias de carreras en la categoría de administrativo, de la escala
de Administración General, subescala administrativa, grupo C, subgrupo C1, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, a las personas que a continuación se relacionan, quedando
adscritas a los puestos que se indican:
APELLIDOS Y NOMBRE

1

DE LA FUENTE SIVERA, LAURA

***3575**

DNI

Gestor Administrativo

PUESTO ADJUDICADO
Personal

SERVICIO

2

RAYA MIRANDA, ANGELA Mª

***3714**

Gestor Administrativo

Contratación

3

SANCHEZ MARTIN, ERICA

***1524**

Gestor Administrativo

Servicio Jurídico de Urbanismo e Infraestructuras

4

ESPALLARGAS AJADO, Mª YOLANDA

***7081**

Gestor Administrativo

Patrimonio

2.o Las personas aspirantes deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que hayan tomado posesión
sin causa justificada y salvo casos de fuerza mayor, se les tendrá por desistidas en su derecho al nombramiento.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.

BOCM-20221128-73