D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221128-55)
Convenio –  Convenio de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Cultura, Turismo y Deporte, y de Familia, Juventud y Política Social, la Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid, para la colaboración en la realización del Proyecto “Curso de Fútbol Terapéutico II” destinado al trabajo motor con niños con trastornos neurológicos y discapacidad intelectual
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 283

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 249

I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
establece en el artículo 2.1, apartados h), i) y j), que la política deportiva de la Comunidad
de Madrid se inspirará, entre otros principios rectores, en la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos los sectores de la población y, en particular entre los más desfavorecidos, en la promoción de las actividades físicas y del deporte entre los disminuidos
físicos, psíquicos y sensoriales, como forma de integración social y de terapia, y en la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre estas y la organización deportiva privada.
II. Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, corresponde a su titular el desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Cultura, Turismo y Deporte.
III. Que de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, corresponde a la Dirección General de Deportes, entre otras, la promoción, organización o colaboración en la realización de cursos, seminarios, congresos, concentraciones deportivas,
torneos, campeonatos, exhibiciones, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas; así como las correspondientes al fomento
de trabajos de investigación sobre deporte y salud que avalen el diseño de estrategias de fomento de la actividad física entre los distintos colectivos de la población.
IV. Que según establece el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, “Las administraciones públicas protegerán de forma especialmente intensa los derechos de las personas con discapacidad en materia de igualdad entre mujeres y hombres, salud, empleo, protección social, educación, tutela judicial efectiva, movilidad, comunicación, información y acceso a la cultura, al
deporte, al ocio así como de participación en los asuntos públicos, en los términos previstos en este título y demás normativa que sea de aplicación”.
V. Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 208/2021, de 1 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Familia, Juventud y Política Social, a su titular le corresponde el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en materia de cohesión, inclusión social, discapacidad, entre otras.
VI. Que el citado Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, en su artículo 15, apartados 4
y 8, atribuye a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad “El impulso, desarrollo y seguimiento de las actuaciones en materia de atención temprana contempladas en el Decreto 46/2015, de 7 de mayo, de coordinación en la prestación de atención
temprana en la Comunidad de Madrid, con especial atención a la gestión de la Red Pública
de Atención Temprana, la información, apoyo y orientación a las familias y al entorno, todo
ello en coordinación con los ámbitos educativo y sanitario” y “El diseño, implantación y
desarrollo de programas, actuaciones y servicios que favorezcan la inclusión social y promuevan la autonomía personal y la vida independiente de las personas con discapacidad o
enfermedad mental”.
VII. Que con fecha 23 de noviembre de 2021, se firmó el Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejerías de Cultura, Turismo y Deporte y de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid, para la colaboración en la realización del Proyecto “Curso de Fútbol Terapéutico I: trabajo motor en
niños con trastornos neurológicos y discapacidad intelectual”, en el marco de las competencias atribuidas en materia de infancia y de atención a la discapacidad, por cuanto el objetivo del programa es favorecer la inclusión de menores con discapacidad a través de la práctica deportiva, mejorando su capacidad motora, lo que aumenta sus habilidades y
capacidades para la vida diaria.
VIII. Que la Fundación Querer es una organización sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, y duración indefinida, que tiene afectado de modo
duradero su patrimonio a la realización de los fines de interés general que se detallan en sus
estatutos, que está inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
IX. Que de conformidad con sus estatutos, la Fundación Querer tiene por objeto dar
una respuesta educativa adaptada a las necesidades concretas de niños que padecen enfermedades raras relacionadas con trastornos neurológicos que afectan al lenguaje, con el ob-

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