D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221128-56)
Convenio –  Convenio de 25 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Gimnasia, para el desarrollo de Programas Deportivos en centros educativos de la Comunidad de Madrid con población en edad escolar 2022-2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 283

3. Gimnasia acrobática: 15.780 euros.
— Técnicos deportivos: 10.080 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 2 sesiones de 3 horas de duración
(42 euros por sesión) con 2 técnicos en 60 centros escolares.
— Plus de transporte: 2.400 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 1.500 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de
participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo
del Programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de
torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 1.800 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de colchonetas y otro material que pudiera ser
necesario para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
Total: 22.740 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 6 sesiones antes del fin de 2022 y 24 sesiones durante 2023 en las modalidades de gimnasia artística y trampolín y 12 sesiones en 2022 y 108 sesiones en 2023 en
la modalidad de gimnasia acrobática. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en
fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones
efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del Programa existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de torneos, o la necesidad sobrevenida de material u otros
gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de
los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda de la
cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
La Federación podrá presentar justificación de su actividad por períodos de uno o más
meses siempre que presente, como mínimo, si ha realizado actividad, una justificación al concluir la actividad correspondiente a 2022, y en todo caso, antes del 15 de diciembre de 2022,
y otra al concluir el Programa en 2023, antes del 30 de junio de 2023, respetando en todo caso
las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula segunda. Esta última se
acompañará de una memoria explicativa de la actividad desarrollada y de los gastos sufragados durante todo el programa. Asimismo, la Federación presentará declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específicamente a la
financiación del coste de su participación en esta edición del programa. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono por la Comunidad de Madrid de modo
que el total percibido por la Federación nunca supere el coste de la actividad.
En el caso de los técnicos se presentará relación nominal, firmada por el presidente, secretario general o gerente de la Federación, de los que hayan participado en los programas
en ese período, indicando el número de sesiones, día en que se hayan llevado a cabo y los
centros escolares o participantes con los que hayan desarrollado su actividad, con indica-

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Justificación y forma de pago