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Convenio –  Convenio de 20 de octubre de 2022, entre el Servicio Madrileño de Salud y el ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid para el desarrollo de actividades de los médicos jubilados de dicho colegio en hospitales del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 208

LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 283

ANEXO II
ACUERDO DE CORRESPONSABLE DE TRATAMIENTO MUTUO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para
regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información
suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada
por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente
conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de
este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la información
y el material facilitada y recibida en virtud del presente convenio de referencia de forma indefinida
tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y material facilitados.
Utilizar la información de forma reservada.
a) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los
términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
b) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación escrita
de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
c) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en la medida
en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas acordadas.
d) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este
convenio.
e) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos
relativos a las cláusulas sobre propiedad intelectual, confidencialidad y obligación de secreto,
manteniendo esta confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea
empleado o subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados,
voluntarios o por subcontratados, etc.
CLÁUSULAS
PRIMERA. - RESPONSABLES DEL TRATAMIENTO

En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio se realiza
con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se considerará como una
cesión o comunicación de datos.
SEGUNDA. - DEFINICIONES.
Los términos específicos en materia de protección de datos, serán interpretados conforme a lo
establecido en el artículo 4 del RGPD.

BOCM-20221128-41

Tanto el Servicio Madrileño de Salud, (SERMAS) como el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de
Madrid (ICOMEM) tendrán la consideración de Responsables del Tratamiento (en adelante
Corresponsables del Tratamiento), conforme a lo establecido en el artículo 26 del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante RGPD), así como en el artículo
29 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales ( en adelante, LOPDGDD), y en el resto de normativa vigente en la materia.