D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221128-41)
Convenio –  Convenio de 20 de octubre de 2022, entre el Servicio Madrileño de Salud y el ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid para el desarrollo de actividades de los médicos jubilados de dicho colegio en hospitales del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 283

LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

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En tal caso, cada parte en la medida que le corresponda deberá comunicar las violaciones de
seguridad de los datos a la Autoridad de Protección de Datos y/o a los interesados conforme a lo
establecido en la normativa vigente.
SEXTA. - DESTINO DE LOS DATOS AL FINALIZAR EL CONVENIO.
Una vez cumplido o resuelto el convenio acordado cada parte deberá solicitar a la otra instrucciones
precisas sobre el destino de los datos de carácter personal de su responsabilidad, pudiendo elegir
entre su devolución, remisión a otro prestador de servicios o destrucción íntegra, siempre que no
exista previsión legal que exija la conservación de los datos, en cuyo caso no podrá procederse a
su destrucción.
SÉPTIMA. - EJERCICIO DE DERECHOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
Cada parte deberá dar traslado a la otra de cualquier solicitud de ejercicio del derecho de acceso,
rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a no ser
objeto de decisiones individualizadas automatizadas, efectuada por un interesado cuyos datos
hayan sido tratados por la otra con motivo del cumplimiento del objeto del convenio, a fin de que por
el mismo se resuelva en los plazos establecidos por la normativa vigente.
El traslado de la solicitud a la otra parte deberá hacerse con la mayor celeridad posible y siempre
dentro del plazo de dos (2) días hábiles, a contar desde la recepción de la solicitud, juntamente, en
su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
Asimismo, las partes deberán tramitar cualquier instrucción relativa a derechos de acceso,
rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a no ser
objeto de decisiones individualizadas automatizadas, que reciban de la otra, a la mayor celeridad
posible, y siempre dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles a contar desde la recepción de
la solicitud, confirmando por escrito tanto la recepción de la solicitud como la ejecución de la tarea
encomendada.
OCTAVA. - RESPONSABILIDAD.
Los corresponsables se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en este convenio
y en la normativa vigente.
Cada parte tendrá responsabilidad en el caso de que destine los datos a otras finalidades, los
comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del convenio, respondiendo de las
infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, manteniendo
indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de dicha infracción.
ANEXO III
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y DEBER DE SECRETO
I. Confidencialidad

2. Queda prohibida la salida de información propiedad del Servicio Madrileño de Salud (en adelante
SERMAS), obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio
físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez extinguida la relación con el SERMAS, los datos de carácter personal pertenecientes al
mismo que pueda tener bajo su control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos, por el
método acordado, así como cualquier otro soporte o documento en el que conste algún dato de
carácter personal.

BOCM-20221128-41

1. El firmante queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre
cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente
los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté determinado,
ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una
vez finalizada la relación entre las partes.