B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221128-1)
Concurso de traslados –  Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombra la Comisión de valoración de méritos previstos en el subapartado 6.1 del concurso de traslados para los funcionarios del Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 6 de octubre de 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 283

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se nombra la Comisión de valoración de méritos previstos
en el subapartado 6.1 del concurso de traslados para los funcionarios del Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 6 de octubre de 2022.

De conformidad con lo establecido en el subapartado 6.1.b) de la base sexta de la Resolución de 6 de octubre de 2022, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas
Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, esta Dirección General
HA RESUELTO
Primero
Comisión de valoración
Nombrar la Comisión de valoración de méritos previstos en el subapartado 6.1 del baremo, recogido como Anexo 2 a la citada Resolución de 6 de octubre de 2022 y que figura
como Anexo I a esta Resolución.
Segundo
Desplazamientos y asistencias
Los miembros de la Comisión de valoración de méritos tendrán derecho a percibo de dietas y gastos de locomoción, en el caso de que tengan que desplazarse de su residencia oficial,
quedando autorizados a utilizar los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. A los efectos previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, estas comisiones deben considerarse incluidas en el grupo segundo de los mencionados en
su Anexo I.
Tercero
Recursos
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de su publicación.

BOCM-20221128-1

Madrid, a 15 de noviembre de 2022.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.