D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221126-4)
Convenio –  Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Hockey, para el desarrollo de Programas Deportivos en centros educativos de la Comunidad de Madrid con población en edad escolar 2022-2023, cofinanciado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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B.O.C.M. Núm. 282

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE NOVIEMBRE DE 2022

cutadas con cargo a estos fondos se derivara la existencia de Ayudas de Estado, en base al
art. 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía deberán cumplir con los requisitos de la normativa y los requisitos procedimentales de notificación y comunicación, cuando proceda, a
través de la Secretaría de Estado para la Unión Europea y la REPER de España.
En cumplimiento del artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021 que regula la identificación del perceptor final de fondos, la información del beneficiario último, en este caso la
federación, deberá estar disponible conforme al artículo 10 de la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre.
La Comunidad de Madrid deberá ajustarse a lo dispuesto en la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por
la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Comunidad de Madrid tiene la condición de entidad ejecutora conforme a lo previsto en las Órdenes Ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, ambas de 29 de septiembre, con las obligaciones que ello conlleva según las dos normas, y por tanto se deberán abrir los subproyectos que corresponda a partir del proyecto proveniente de la
Administración General del Estado.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos:
1. Madrid Comunidad Deportiva: 21.910 euros.
Se prevén dos posibles escenarios en función de si la actividad se realiza en los propios centros escolares o en el Complejo Deportivo de Somontes:
A. Actividad en los centros escolares: 21.910 euros.
— Técnicos deportivos: 11.760 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 2 sesiones de 3 horas de duración
(42 euros por sesión), con 2 técnicos, en 70 centros escolares.
— Plus de transporte: 2.800 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que
normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 1.750 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de
la actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas,
organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas
de desarrollo del Programa en los centros y con los participantes, valoración
de resultados de torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 2.100 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de sticks, bolas y otro material que pudiera ser necesario para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo
caso carácter fungible en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
— Torneos: 3.500 euros.
Esta cantidad corresponde a un coste máximo de 50 euros por centro.
B. Actividad en el Complejo Deportivo Somontes: 11.270 euros.
— Técnicos deportivos: 8.820 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración
(42 euros por sesión), con 3 técnicos, en 70 centros escolares.
— Plus de transporte: 2.100 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que
normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 1.750 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de
la actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripcio-

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