C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20221125-23)
Convenio de gestión –  Adenda de 15 de noviembre de 2022, al “Convenio de 23 de marzo de 1999, de gestión comercial y mantenimiento de la red de distribución entre el Ayuntamiento de Los Molinos y el Canal de Isabel II”, para la ampliación del ámbito de aplicación del mismo mediante la inclusión de la Urbanización Los Arroyuelos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022

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Segundo
En fecha 28 de octubre de 2022, se celebra el Convenio para la gestión del servicio de
distribución con renovación de las infraestructuras internas de la Urbanización “Los Arroyuelos”, entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., el Ayuntamiento de Los Molinos y la Urbanización Los Arroyuelos” (en adelante, Convenio para Los Arroyuelos).
Tercero
El artículo 16 de la Ley 3/2008 de la Comunidad de Madrid, de 29 de diciembre, de
Medidas Fiscales y Administrativas introdujo la posibilidad de que Canal constituyese una
sociedad anónima que tuviera por objeto la realización de actividades relacionadas con el
abastecimiento de aguas, saneamiento, servicios hidráulicos, y obras hidráulicas. Dicha sociedad se constituyó tras la autorización otorgada por el Acuerdo de 14 de junio de 2012, del
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se autoriza la constitución de
la sociedad anónima “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, en la actualidad, Canal de Isabel II, S. A.
Como consecuencia de lo anterior, resulta procedente que la Sociedad Canal sea Parte de la presente Adenda pese a no ser Parte firmante del Convenio de Distribución, ya que
su constitución fue posterior a la firma del mismo.
Cuarto
Que el “Convenio para Los Arroyuelos” prevé la renovación de las infraestructuras internas de dicha urbanización y una vez renovadas, está previsto que las mismas pasen a formar parte de la red de distribución del municipio, regulada por el “Convenio de Distribución”.
En este sentido, en el párrafo cuarto de la Estipulación Trigésimo-primera del “Convenio para los Arroyuelos” se acuerda que: “Una vez cumplido todo lo previsto en el párrafo anterior, las Partes acuerdan que se levantará Acta en la que se dará por extinguido el presente
Convenio, pasando a regirse, tanto las infraestructuras hidráulicas como la gestión del servicio en el ámbito de la urbanización, por el Convenio que regule el servicio de distribución
vigente en el municipio en ese momento. A estos efectos, se suscribirá una Adenda al citado Convenio ampliando su ámbito territorial de aplicación con la incorporación de las infraestructuras hidráulicas del ámbito de la urbanización. Igualmente, se acuerda por el presente Convenio que no se cobrará a los usuarios de la Urbanización la cuota suplementaria
prevista en el Convenio de Distribución para el resto del término municipal”.
Quinto
Con el fin de coordinar ambos Convenios se celebra la presente Adenda con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto de la Adenda
Mediante la presente Adenda, las Partes firmantes del Convenio de Distribución acuerdan la ampliación del ámbito de aplicación del mismo, mediante la inclusión de la Urbanización “Los Arroyuelos”.
Segunda
La ampliación del ámbito del Convenio de Distribución a la Urbanización “Los Arroyuelos” acordada en la Estipulación anterior, se producirá una vez que las obras previstas
en el Convenio para Los Arroyuelos estén ejecutadas y la inversión totalmente recuperada
y se haya levantado el Acta a la que se refiere la Estipulación Trigésimo-primera del referido Convenio para los Arroyuelos.
Tercera
Inicio de efectos
La presente Adenda, una vez aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Los Molinos
de 4 de agosto de 2022 y por el Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isa-

BOCM-20221125-23

Condición suspensiva