D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221125-56)
Convenio –  Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Billar, para el desarrollo de programas deportivos en centros educativos de la Comunidad de Madrid con población en edad escolar 2022-2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 281

La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos del Programa Madrid Comunidad Deportiva, si bien, se prevén dos posibles escenarios
en función de si la actividad se realiza en los propios centros escolares o en la sede de la federación:
A. Actividad en los centros escolares: 3.975 euros:
— Técnicos deportivos: 2.100 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración (42
euros por sesión) con 2 técnicos en 25 centros escolares.
— Plus de transporte: 500 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que
normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 625 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación
de la actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de
problemas de desarrollo del Programa en los centros y con los participantes,
valoración de resultados de torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar
que participe en el programa.
— Material: 750 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de bolas y otro material que pudiera ser
necesario para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso
carácter fungible en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
B. Actividad en la sede de la Federación: 1.475 euros.
En este caso, la actividad y el coste son los mismos que en la primera opción pero
hay que restar la aportación que realizan los centros: 2 euros por alumno y 50 alumnos por centro (2.500 euros). Por tanto, el coste máximo a asumir por la Comunidad de Madrid con cargo al convenio por las sesiones divulgativas de Madrid Comunidad Deportiva si se realizan en la sede de la federación es de 1.475 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 5 sesiones antes del fin de 2022 y 20 sesiones durante 2023 de Madrid Comunidad Deportiva. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones
o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir
los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del Programa existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de torneos, o la necesidad sobrevenida de material u otros
gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de
los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda de la
cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
La Federación podrá presentar justificación de su actividad por períodos de uno o más
meses siempre que presente, como mínimo, si ha realizado actividad, una justificación al
concluir la actividad correspondiente a 2022, y en todo caso, antes del 15 de diciembre
de 2022, y otra al concluir el Programa en 2023, antes del 30 de junio de 2023, respetando
en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula segunda. Esta última se acompañará de una memoria explicativa de la actividad desarrollada y de
los gastos sufragados durante todo el programa. Asimismo, la Federación presentará declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros destinados
específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición del progra-

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Justificación y forma de pago