D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221124-41)
Convenio –  Convenio de 27 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Deportes de Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido, para el desarrollo del Programa “Activa tu capacidad” 2022-2023, cofinanciado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 305

La actividad objeto del presente convenio no se incluye en la subvención nominativa
que anualmente pueda recibir la Federación.
Cuarta
1. La Federación deberá realizar las siguientes actuaciones concretas:
— Elaboración y presentación de un proyecto de acciones dentro del marco del programa de forma previa al inicio de las actividades en la cual se refleje el desarrollo del mismo y el planteamiento didáctico a seguir.
— Coordinar e implantar cuatro escuelas deportivas, atendidas por un técnico cada
una y un total de 124 sesiones de hora y media de duración, en los centros escolares que se seleccionen, informando de forma continua a los técnicos de la Dirección General de Deportes.
— Coordinar la disponibilidad y reserva de los espacios deportivos específicos en el
caso de sesiones que se celebren fuera del centro escolar.
— Excepcionalmente, las sesiones divulgativas del programa se podrán realizar de
forma on-line, siempre que así se decida en la comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, en cuyo caso sólo se podrán justificar
los gastos correspondientes a técnicos y a la coordinación del programa.
— Formación de los técnicos deportivos de la Federación que vayan a desarrollar las
actividades del programa, de conformidad con lo previsto en la Ley 6/2016, de 24
de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en
la Comunidad de Madrid, incidiendo en las estrategias y metodologías que permitan implementar las modalidades deportivas seleccionadas.
— Envío de material deportivo a los centros escolares cuando fuera necesario para
poder desarrollar las escuelas deportivas.
— Coordinar las jornadas lúdico-competitivas estableciendo el calendario deportivo
de cada jornada, los resultados y sistemas de clasificaciones, así como la designación y aportación de los árbitros y jueces.
— Realización de una memoria que recoja tanto los aspectos cuantitativos como cualitativos propios del programa. Aportación de propuestas de mejora para su puesta en marcha en ediciones posteriores.
— Establecimiento de fórmulas que faciliten y favorezcan el paso de los alumnos de
las escuelas deportivas a la práctica deportiva regular.
— Incentivar la participación de los alumnos en las jornadas lúdico-competitivas.
— Hacer cumplir dentro de su colectivo las normas básicas que presiden el juego limpio y la ética deportiva transmitiendo los valores que deben regir tanto las sesiones como las competiciones.
— Asistencia de un técnico deportivo a cada una de las formaciones en discapacidad
programadas por la Comunidad de Madrid a tal efecto.
La Federación se responsabilizará de que los técnicos y el resto de personas que
participen en el programa o sus eventuales sustitutos y que, por tanto, tengan contacto habitual con menores en el desarrollo de su actividad, acrediten, antes del comienzo de la actividad, mediante la aportación de una certificación negativa del
Registro Central de Delincuentes Sexuales, no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
A la firma del convenio, la Federación deberá aportar declaración responsable de
haber recabado, antes del inicio de la actividad, los correspondientes certificados
de todo el personal que participe en la misma.
La comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio velará por el cumplimiento de estas obligaciones e informará a la Dirección General
de Deportes, en su caso, de su incumplimiento.
La Federación estará sometida al seguimiento y control que se establezca para el Plan
de Reconstrucción, Trasformación y Resiliencia, así como las obligaciones específicas relativas a la información y publicidad, control, verificación, seguimiento y demás obligaciones impuestas por la normativa interna y de la Unión Europea que para el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la UE se establezcan y cuya aplicación será de obligado
cumplimiento.
La Federación deberá cumplir con los principios de gestión específicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, recogidos en el artículo 2 de la Orden HFP/1030/202.

BOCM-20221124-41

Obligaciones de las partes