D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221124-40)
Convenio –  Convenio de 26 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Piragüismo, para el desarrollo del programa “Activa tu capacidad” 2022-2023, cofinanciado por la Unión Europea-Next GenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2022

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Quinta
Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se constituye una comisión para el seguimiento, vigi-

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ciembre de 2021. Por ello, deberá aplicar medidas para evitar el fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses a la hora de aplicar las subvenciones recibidas a la financiación de
las actuaciones del proyecto. Deberá, asimismo, cumplimentar la Declaración de Ausencia
de Conflicto de Intereses (DACI) (anexo II).
La conservación de los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones
de comprobación y control.
A efectos de cumplir con las actuaciones de comprobación y de conformidad con lo
establecido el artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 (“Reglamento financiero), los perceptores finales de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, deberán conservar los documentos justificativos de la aplicación de los mismos,
incluidos los documentos electrónicos por un período de cinco años desde el pago, si el importe supera la cuantía de 60.000 euros. Este período será de tres años si es de un importe
inferior o igual a dicha cantidad. Los registros y documentos relativos a auditorías, recursos, litigios, la tramitación de reclamaciones relativas a compromisos jurídicos o relativos
a investigaciones de la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude se conservarán hasta que
dichas auditorías, recursos, litigios, tramitación de reclamaciones o investigaciones hayan
concluido.
Los perceptores finales deben comprometerse por escrito a conceder los derechos y los
accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias (anexo III).
La federación deberá cumplir con las obligaciones de información y publicidad que las
autoridades competentes relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecidas en el apartado 2 del artículo 34 del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el
emblema de la Unión Europea y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida
a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
En particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las inversiones (tales como identificaciones gráficas, carteles informativos, etc.). En
el caso de que se determine la identificación mediante alguno de estos medios, dichas identificaciones deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público, y ajustarse al
manual de estilo y diseño oficiales (tales como logo con el emblema de la Unión Europea,
textos tales como “financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU”, normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de ejecución 821/2014, consultables en http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y
ejemplos en https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download2. La Comunidad de Madrid, en desarrollo del presente convenio se compromete a
realizar las siguientes actuaciones concretas:
— Recepción de solicitudes de participación y elección de centros escolares participantes.
— Control y seguimiento de las escuelas deportivas de los centros escolares.
— Control y seguimiento de las competiciones específicas del programa.
— Publicación y difusión de las actividades específicas contempladas en el plan.
— Elaboración y control del calendario de actividades.
— Coordinación con los técnicos de la Federación y los centros escolares.
— Seguimiento y evaluación de las actividades realizadas.
— Elaboración de una encuesta sobre los diferentes aspectos que componen las actividades realizadas.