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Convenio –  Convenio de 26 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Hockey, para el desarrollo del Programa “Activa tu capacidad” 2022-2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 280

En el caso de los técnicos se presentará relación nominal, firmada por el presidente, secretario general o gerente de la Federación, de los que hayan participado en el Programa en
ese período, indicando el número de sesiones, día en que se hayan llevado a cabo y los centros escolares con los que hayan desarrollado su actividad e indicando finalmente el gasto
efectivo individualizado por cada técnico. Igualmente se presentará relación de los torneos
que, en su caso, se organicen en cada período con indicación del número de árbitros participantes y del material específico necesario, indicando el gasto efectivo total de cada torneo. En el caso de las sesiones de formación, se presentará relación nominal, firmada por
el presidente, secretario general o gerente de la federación, del número de horas impartidas,
fecha de la sesión o de las sesiones y número de técnicos asistentes, indicando finalmente
el gasto efectivo realizado. En ninguno de estos casos será necesario presentar justificación
del pago a técnicos y árbitros.
Los gastos de coordinación federativa y de material se acreditarán mediante facturas y
demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil. El IVA podrá computarse como gasto en el caso en que se justifique la exención del
mismo mediante el certificado correspondiente de la Agencia Tributaria.
En el caso de que la coordinación del Programa la realicen trabajadores de la Federación, se presentarán las nóminas junto el documento de Relación Nominal de Trabajadores
(RNT) y el de Relación de Liquidación de Cotizaciones (RLC) y un certificado del presidente, secretario general o gerente en el que se señale qué porcentaje de su retribución corresponde a la actividad desarrollada para el programa y, por tanto, se presenta para la justificación del gasto del convenio.
La Subdirección General de Programas Deportivos revisará la justificación presentada por la Federación y comprobará que se ajusta a la actividad efectivamente llevada a cabo
en ese período, elevándola a la conformidad del titular de la Dirección General de Deportes, que firmará el correspondiente certificado de conformidad. En el caso de que existan
discrepancias en los datos, deberá reunirse la comisión de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio, que decidirá cuál ha sido la actividad efectivamente realizada en ese período. El acta que a tal efecto se levante de dicha reunión, servirá igualmente a
efectos de justificación de la actividad.
La Dirección General de Deportes podrá exigir a la Federación justificación del pago
de las cantidades abonadas a técnicos y árbitros en el plazo de un año desde que la Tesorería General de la Comunidad de Madrid liquide las cantidades correspondientes a cada período. Una vez notificada, la Federación tendrá quince días hábiles para presentar la justificación exigida. En el caso de no hacerlo o de hacerlo de forma incompleta, se exigirá el
reintegro de las cantidades que correspondan, así como de los intereses de demora.
La actividad objeto del presente convenio no se incluye en la subvención nominativa
que anualmente pueda recibir la Federación.
Cuarta
1. La Federación deberá realizar las siguientes actuaciones concretas:
— Elaboración y presentación de un proyecto de acciones dentro del marco del programa de forma previa al inicio de las actividades en la cual se refleje el desarrollo del mismo y el planteamiento didáctico a seguir.
— Coordinar e implantar dos escuelas deportivas, atendidas por un técnico cada una
y un total de 124 sesiones de hora y media de duración, en los centros escolares
que se seleccionen, informando de forma continua a los técnicos de la Dirección
General de Deportes.
— Coordinar la disponibilidad y reserva de los espacios deportivos específicos en el
caso de sesiones que se celebren fuera del centro escolar.
— Excepcionalmente, las sesiones divulgativas del programa se podrán realizar de
forma on-line, siempre que así se decida en la comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, en cuyo caso sólo se podrán justificar
los gastos correspondientes a técnicos y a la coordinación del programa.
— Formación de los técnicos deportivos de la Federación que vayan a desarrollar las
actividades del programa, de conformidad con lo previsto en la Ley 6/2016, de 24 de
noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la
Comunidad de Madrid, incidiendo en las estrategias y metodologías que permitan
implementar las modalidades deportivas seleccionadas.

BOCM-20221124-38

Obligaciones de las partes