Becerril de la Sierra (BOCM-20221123-69)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

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rril de la Sierra (Madrid) la relación de aprobados por el orden de puntuación definitiva decreciente obtenida, con indicación del número de documento de identidad, así como del resultado total en cada uno de los apartados del concurso.
El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior
de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o los méritos alegados, antes de su nombramiento o toma de
posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los
aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento.
Un ejemplar de la relación se elevará al órgano competente junto con la propuesta de
formalización motivada que formule el Tribunal calificador. La motivación de los actos del
Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las bases de la convocatoria.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles, desde que se publique la relación definitiva de aspirantes aprobados en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los documentos que se relacionan a
continuación:
a) Fotocopia y original del documento nacional de identidad o, en su caso, documento de identidad expedido por un Estado extranjero o pasaporte. El documento que
se presente habrá de encontrarse en vigor. Deberá también presentarse, en su caso,
la documentación original justificativa de la residencia legal en España.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco, así como una
declaración jurada o promesa de que el vínculo sigue existiendo, sin que estén separados de derecho.
c) Fotocopia y original del título exigido para concurrir al proceso selectivo, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de la plaza convocada. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no
hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso a la función pública.
e) Los aspirantes que hayan participado por el cupo de discapacidad deberán aportar
certificación expedida por los órganos de la Comunidad Autónoma correspondiente, o en su caso, del Ministerio competente, acreditativa del grado de minusvalía, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a la plaza convocada.
f) La documentación original (también es admisible una copia auténtica o documento electrónico con código seguro de verificación) de los méritos que se han aportado junto con la solicitud de participación
Quienes, dentro del plazo anteriormente indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida o del examen de la misma se dedujese que carecen de
alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados como personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Tampoco se valorarán definitivamente, y podrá dar lugar a un cambio en el orden de
puntuación total, así como, en su caso, en la relación definitiva de aspirantes aprobados,

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15. Aportación de documentación