D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221123-36)
Convenio –  Convenio marco de colaboración de 13 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses) y la Universidad Complutense de Madrid en materia de docencia e investigación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
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CONVENIO marco de colaboración de 13 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses) y la Universidad Complutense de Madrid en materia de docencia e investigación.

De una parte, la Viceconsejera de Justicia y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Sra.
Dña. Yolanda Ibarrola de la Fuente, nombrada por Decreto 97/2019, de 27 de agosto, del
Consejo de Gobierno, actuando en virtud de la delegación atribuida mediante Orden de 10
de diciembre de 2021, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se
desconcentra el protectorado de fundaciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Juan Carlos Doadrio Villarejo, Vicerrector de Relaciones Institucionales, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM),
nombrado por Decreto Rectoral 32/2019, de 14 de junio, y actuando por delegación del
Rector según Decreto Rectoral 1/2021, de 11 de enero, de establecimiento de los Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativa, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de
enero de 2021.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente convenio, y a tal efecto

I. El artículo 3 de los Estatutos de la UCM, aprobados por Decreto 32/2017, de 21
de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo de 2017), establece entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión,
la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de
vida y del desarrollo económico, la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación continuada, así como favorecer el intercambio científico, la movilidad académica y la cooperación para el desarrollo de los pueblos, que podrán
articularse mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción
y desarrollo de sus fines institucionales.
II. El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid
(en adelante, IMLCF) es un órgano técnico al servicio de la Administración de Justicia,
cuyo objeto es auxiliar a la misma, adscrito a la Consejería con competencia en materia de
justicia y dependiente de la Dirección General competente en materia de relaciones con la
Administración de Justicia, tal como establece el artículo 1 del Reglamento del Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno.
III. Conforme al artículo 15.1 del citado Reglamento, el IMLCF “colaborará con las
Universidades u otras instituciones, públicas o privadas, y actuará como centro de formación
permanente de los médicos forenses a través de los convenios y demás instrumentos de cooperación que se acuerden por el titular de la Consejería competente en materia de justicia”.
IV. La entrada en funcionamiento del IMLCF mediante Orden 12/2020, de 21 de
enero, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, hace necesario reordenar la colaboración en materia docente e investigadora entre ambas entidades mediante un instrumento
jurídico acorde a la normativa contenida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Por todo ello, dada la coincidencia de intereses entre ambas entidades, y considerando
que tienen unos objetivos coincidentes y complementarios, de clara utilidad pública, deciden
unir sus esfuerzos y acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

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