D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221123-39)
Convenio –  Convenio de 3 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa El Corte Inglés, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar 2022-2023 Consumópolis 18 sobre consumo responsable, bajo el lema: “En Internet ¿te crees todo lo que ves?”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 279

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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CONVENIO de 3 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa El Corte Inglés, S. A.,
para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar 2022-2023
Consumópolis 18 sobre consumo responsable, bajo el lema: “En Internet ¿te crees
todo lo que ves?”.
REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Llamas Fraga, en calidad de Viceconsejero de Economía,
nombrado por Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, actuando por
delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo previsto en
la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en adelante denominado patrocinado.
Y de otra, D. José Luis González Besada Valdés, en nombre y representación de El
Corte Inglés, S. A., con NIF A-28017895, según escritura pública otorgada en fecha 4 de
abril de 2018, ante el notario de Madrid, don Juan Aznar de la Haza, bajo el número 1108 de
su protocolo, en adelante denominado patrocinador.
Intervienen en nombre de los organismos o entidades que representan, que serán consideradas las partes del convenio y se reconocen, mutua y respectivamente, la competencia
y la capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto,

I. Que la Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor, de
acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución
Española, y en el artículo 27.10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
II. Que la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 3, reconoce como derecho básico de los consumidores
la educación en materia de consumo. A este respecto, la Comunidad de Madrid fomentará la
enseñanza, en todos los niveles educativos, de materias relacionadas con el consumo para promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados de su uso, y organizará, promoverá y desarrollará programas de educación y formación de consumidores, de acuerdo con lo establecido en los artículos 19 y 20 de
la citada Ley 11/1998. Entre otras finalidades, estas actuaciones estarán destinadas a colaborar con el personal docente en el desarrollo de la educación en esta materia en sus respectivos ámbitos educacionales.
III. Que la Comunidad de Madrid tiene previsto organizar la fase autonómica del
Concurso Escolar 2022-2023 Consumópolis 18 sobre consumo responsable, bajo el lema
“En Internet ¿Te crees todo lo que ves?”, una iniciativa del Ministerio de Consumo en la
que participan comunidades autónomas, con el objetivo de sensibilizar a los escolares de la
importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma crítica, solidaria, responsable
y sostenible mediante la realización de determinadas actividades. En esta convocatoria autonómica podrán participar, en régimen de concurrencia competitiva, escolares que estén
matriculados en cualquier centro público, concertado o privado del territorio de la Comunidad de Madrid en alguno de los tres niveles educativos siguientes:
— Nivel 1: Quinto y sexto cursos de Educación Primaria.
— Nivel 2: Primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
— Nivel 3: Tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria o de Formación Profesional Básica.

BOCM-20221123-39

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