Estremera (BOCM-20221122-74)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE NOVIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

ESTREMERA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20221122-74

Conforme a lo dispuesto en el artículo 169.1, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido, y el artículo 20.1, al que se
remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento
general que en la Secretaria de este Ayuntamiento de Estremera, se encuentra expuesto al
público el Expediente de modificación presupuestaria siguiente, que afecta al vigente presupuesto y que fue aprobado inicialmente, por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2022:
Expediente de modificación de Crédito n.o 2/2022, en la modalidad de suplemento de
crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen:
Altas en aplicaciones de gastos:
— 338-227 Fiestas populares y festejos. Trabajos realizados por otras empresas y
profesionales: 50.000 euros.
— 920-226 Administración General. Gastos diversos: 310.000 euros.
— 151-621 Pavimentación de vías públicas Terrenos y bienes naturales: 40.000 euros.
Altas en conceptos de ingresos:
— 870.000 euros.
— Remanente de Tesorería para gastos generales: 400.000 euros.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido referido anteriormente, podrán durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la inserción del presente Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, examinar el expediente y, presentar en la Secretaría de este
Excmo. Ayuntamiento de Estremera, conforme a lo regulado en el artículo 170.2 del texto
refundido las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas.
En el caso de que, durante el plazo de presentación de reclamaciones, no se presenten
reclamaciones o alegaciones algunas, la presente modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada.
Estremera, a 16 de noviembre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Carmen María Sánchez Lozano.
(03/22.437/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791