Campo Real (BOCM-20221122-68)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE NOVIEMBRE DE 2022

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do por organismo público competente, así como el justificante de liquidación del
pago de las tasas académicas para su expedición.
e) Méritos alegables para su baremación conforme a lo que se establezca en las bases
específicas de cada convocatoria
f) Impreso de autobaremación según el anexo que se publicará junto a las bases específicas.
g) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
4. Tasas por derecho de examen
4.1. La tasa que corresponderá satisfacer por derechos de examen para cada una de
las plazas en el momento de presentar la instancia será de 30 euros, de conformidad con lo
dispuesto en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Campo Real, con las bonificaciones y exenciones en ella establecidas, y que
será satisfecha en su totalidad dentro del plazo de presentación de instancias, no siendo subsanable con posterioridad.
4.2. El pago de la tasa deberá realizarse mediante ingreso o transferencia bancaria en
la entidad bancaria CaixaBank, en el número de cuenta ES68 2100 4195 5422 0000 2261.
Las personas aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo en que participan.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud en el registro general del
Ayuntamiento de Campo Real.
4.3. En el supuesto de exención o bonificación de pago de la tasa deberá entregar
junto con la solicitud la documentación acreditativa oportuna.
5.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases
generales y específicas, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la
presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en las presentes bases generales y en las específicas.
5.2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará
resolución declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos y la causa
de exclusión. Esta resolución, así como la relación de los miembros del Tribunal, serán publicados en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Campo Real.
Serán causas de exclusión no subsanables:
— La presentación de la solicitud fuera de plazo.
— La falta de pago en plazo de la tasa por los derechos de examen.
— El incumplimiento de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo.
5.3. Los aspirantes excluidos, así como las personas que no figuren en la relación de
admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o no inclusión expresa.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la parte interesada.
En caso de no existir reclamaciones, se entenderá elevada la relación provisional de
admitidos y excluidos automáticamente a definitiva.
5.4. Finalizado el plazo de subsanación de errores el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta
resolución se publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de Campo Real.
6. Tribunal Calificador
6.1. La composición del Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad
y profesionalidad de sus miembros.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte del mismo.

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5. Admisión de aspirantes